Comunidad Valenciana: Condenan a Sanidad por mala praxis en el Hospital de Gandía ante un ictus

La viuda ha logrado que reconozcan el error con fatales consecuencias que realizaron al darle de alta a su marido con un cuadro de diarrea y a las cinco horas ingresaba de nuevo, falleciendo al poco tiempo

Sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Foto. TSJV)
Sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Foto. TSJV)
Joaquín Soto
4 noviembre 2021 | 09:30 h

Juanjo M. R. tenía 53 años de edad, era vecino de Gandia y el 12 de octubre de 2016, tras llegar del trabajo a su casa a las siete de la tarde, le dijo a su mujer que se sentía mal. Tenía mareos, no se le entendía al hablar y había perdido la visión en el ojo derecho. Juanjo creyó que se debía a una infección por la ingesta de gambas, pues ya le sucedió una intoxicación hace años con otro tipo de pescado. Sin embargo, según informan en un artículo elaborado por Cope Onda Naranja, su problema era un ictus, que se le diagnosticó en el Hospital Gandia de forma tardía, falleciendo al poco tiempo. 

La mujer, ante estos síntomas iniciales, alertó al 112 quien derivaba al domicilio una ambulancia del SAMU. El médico de la dotación le preguntó al paciente y este le refirió lo de la ingestión de gambas en mal estado y que tenía pérdida de visión en un ojo.

El facultativo del SAMU le respondió que la sintomatología del paciente no parecía ser de indigestión y sí algo mucho más serio por lo tanto, decidió su traslado urgente al Hospital Francesc de Borja. A su ingreso presentaba dolor abdominal, náuseas y pérdida de visión en un ojo con malestar general.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Consejería al pago de 81.000 euros por mala praxis 

Según queda probado en el relato de los hechos, a Juanjo se le dio el alta con el diagnóstico de diarrea autolimitiva a las 21.41 horas de ese mismo día. Y cinco horas más tarde, a las 2.15 horas de la madrugada, presentó un incremento de la sintomatología neurológica teniendo que acudir de nuevo el SAMU a su domicilio, siendo ingresado de inmediato en el Hospital de Gandia donde tras la exploración se le diagnosticó un ictus isquémico de la arteria cerebral posterior.

Juanjo falleció el 17 de octubre. No se activó en el primer contacto con el Hospital Francesc de Borja el Código Ictus, lo que supuso un retraso en la aplicación del tratamiento excesivo e inexcusable.

Para valorar el fallo judicial, la sentencia se apoya en un informe donde no solo se detalla la infracción del Código Ictus ante los síntomas que presentaba Juanjo sino las concretas actuaciones sanitarias que deberían haberse llevado a cabo y que no se realizaron por mala praxis. 

VARIOS ABOGADOS RECOMENDARON NO DENUNCIAR

La viuda, Antonia, y su hija, denunciaron la mala actuación llevada a cabo por Sanidad en el caso de Juanjo. Como informa Cope Onda Naranja, varios abogados le instaron a que no presentara denuncia ni pleiteara contra la Consejeria de Sanidad, por las pocas posibilidades que tenía de ganar y sacar a la luz la verdad. Tampoco le sumaba el excesivo corporativismo existente en este tipo de casos, por lo que el abogado de Gandia, Miguel Habichayn, se hizo cargo del caso y defendió a la mujer ante el gigante de Sanidad.

Ahora, la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Consejería de Sanidad al pago de 81.000 euros reconociendo la mala praxis llevada a cabo sobre el paciente que, posteriormente, falleció.

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