Canarias eliminará el copago farmacéutico a los pensionistas con ingresos inferiores a 18.000 euros

La fórmula legal que utilizará el Ejecutivo autonómico será de aplicación retroactiva a 1 de enero de 2020, “jurídicamente defendible” y de “aplicación rápida”.

Consejo de Gobierno de las Islas Canarias (Foto. Gobierno de Canarias)
Consejo de Gobierno de las Islas Canarias (Foto. Gobierno de Canarias)
CS
10 enero 2020 | 11:00 h

El Consejo de Gobierno, en su sesión, ha estudiado y elegido la nueva medida legal que permitirá la eliminación del copago farmacéutico a los pensionistascon ingresos inferiores a 18.000 euros anuales residentes en Canarias. Tras esa reunión, celebrada esta mañana en Las Palmas de Gran Canaria, tanto el consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y portavoz del Gobierno de Canarias, Julio Pérez, como la consejera de Sanidad, Teresa Cruz, informaron de la solución jurídica elegida para eliminar el copago hasta que el nuevo Gobierno de España tome la decisión de adoptar la misma medida con aplicación en todo el país, algo que se prevé activar con premura por el nuevo Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Tal y como se ha decidido, la eliminación del copago farmacéutico de los pensionistas con ingresos inferiores a 18.000 euros anuales se hará a través de un decreto ley autonómico que se aprobará en el Consejo de Gobierno previsto para el jueves 16 de enero. A través de ese decreto ley, se suspenderá ese copago farmacéutico de forma inmediata, una vez se publique la nueva norma en el BOC, lo que se prevé hacer al día siguiente.

El futuro decreto ley se ha concebido como una “medida social y sanitaria” para la atención a las “personas más vulnerables”

Esta medida legal incluirá su aplicación con carácter retroactivo a 1 de enero de 2020, lo que implica que las cantidades ya abonadas por sus medicamentos por el grupo de pensionistas beneficiarios se podrán recuperar.

El titular de Administraciones Públicas, la Consejería que asesora jurídicamente al Gobierno, ha afirmado que la fórmula elegida para eliminar el copago farmacéutico es “jurídicamente defendible”, “inmediata” y “de tramitación y aplicación rápidas”. Julio Pérez también destacó en su intervención que “lleva aparejada con seguridad la retroactividad a 1 de enero de 2020”, y aseguró que “la vía de la subvención”, la aplicada en 2019 por el anterior Ejecutivo, “no parece la más adecuada”.

En su razonamiento, la consejera de Sanidad enumeró las anomalías e imperfecciones del decreto utilizado en 2019 para la convocatoria de una subvención, y defendió el modelo más seguro y apropiado que se empleará este año hasta que el Gobierno español termine con el copago en toda España.

Teresa Cruz agradeció la colaboración de los colegios profesionales de farmacéuticos de Canarias para la aplicación de la nueva medida, en este caso como entidades colaboradoras.

MEDIDA SOCIAL Y SANITARIA

El futuro decreto ley se ha concebido como una “medida social y sanitaria” para la atención a las “personas más vulnerables” y bajo el principio de que la salud de los ciudadanos “no puede estar condicionada a tener o no tener ingresos” propios.

Teresa Cruz ha indicado en que la vía de la subvención “no es el procedimiento más adecuado” para eliminar el copago farmacéutico, como se hizo en 2019 vía decreto y sin entonces contar con los informes adecuados. También ha recordado que, en cualquier caso, si se hubiera optado por ese mismo método, se habría tenido que esperar a la aprobación y entrada en vigor de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.

La eliminación del copago es un compromiso asumido y anunciado por el presidente del Gobierno Pedro Sánchez

Con esta medida legal, el Ejecutivo autonómico establecerá un nuevo ordenamiento jurídico que, a diferencia del Decreto 78/2019, de 6 de mayo del Gobierno de Canarias, no tendrá rango de subvención, de manera que eximirá a sus beneficiarios de las obligaciones que emanan de recibir tal subvención, como es la de presentar la declaración de la Renta correspondiente a 2019 siempre que el incremento patrimonial del pensionista beneficiario sea superior a los 1.000 euros, a lo que en algunos casos pudo contribuir el modelo aplicado por el Ejecutivo canario anterior, el que rigió desde mayo de 2019 hasta el 31 de diciembre del año pasado.

De igual forma, el mantenimiento de la modalidad de subvención como vía para garantizar la gratuidad de los medicamentos este 2020 hubiera podido excluir a algunos pensionistas de tal ayuda pública debido a cuestiones que poco o nada tienen que ver con una prescripción sanitaria de tratamiento o con el nivel de renta del perceptor, lo que podía ir en contra del acceso en condiciones de igualdad a los tratamientos sanitarios.

El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio (del Estado), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, es el que hoy en día establece el régimen de gratuidad o copago de los medicamentos prescritos en el Servicio Nacional de Salud. Además, hay que recordar que la modificación de esa norma estatal, con el fin de eliminar la obligación del copago a los pensionistas que perciben menos de 18.000 euros al año, es un compromiso asumido y anunciado por el ya presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído