Cantabria, referente nacional en donación y trasplante de órganos

La directora de la ONT ha explicado que España cuenta con un sistema garantista, integrado por tres niveles de autorización que engloban la evaluación por parte del médico, posteriormente de un comité de ética y la comparecencia del donante ante el juez.

De izquierda a derecha: Eduardo Miñambres, Beatriz Domínguez-Gil y José Luis López del Moral | Foto: Raúl Lucio
De izquierda a derecha: Eduardo Miñambres, Beatriz Domínguez-Gil y José Luis López del Moral | Foto: Raúl Lucio

La directora de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), Beatriz Domínguez-Gil, ha destacado que Cantabria mantiene su posición de liderazgo y referencia nacional en materia de donación y trasplante tras los resultados récord obtenidos el pasado año.

Entre los aspectos que fundamentan el éxito del modelo trasplantador español ha citado la estrecha colaboración con los profesionales de justicia, cuya actuación se centra fundamentalmente en la autorización de la donación en situaciones de investigación judicial y en el caso de donantes vivos.

En 2017 se realizaron 381 solicitudes judiciales para la donación, de las que únicamente cinco fueron rechazadas, todas ellas porque la donación podía interferir en diversas pesquisas

En cuanto a las solicitudes judiciales para la donación, ha indicado que en 2017 se realizaron 381 peticiones, de las que únicamente cinco fueron rechazadas, todas ellas porque la donación podía interferir en la investigación judicial. Estas cinco negativas suponen el mínimo histórico, ha resaltado. En 2016 se solicitaron 409 autorizaciones judiciales y siete fueron denegadas. En la autonomía presidida por Miguel Ángel Revilla, el pasado año se realizaron nueve solicitudes judiciales, todas ellas autorizadas, y dos peticiones de donación de donante vivo.

En relación con las donaciones de personas vivas, la directora de la ONT ha explicado que España cuenta con un sistema garantista, integrado por tres niveles de autorización que engloban la evaluación por parte de un médico, posteriormente de un comité de ética y la comparecencia del donante ante el juez.

Domínguez-Gil, que ha asistido a las 'XX Jornadas de Encuentro entre profesionales de la Administración de Justicia y de la Comunidad Trasplantadora' que tienen lugar en Santander, también se ha referido a la nueva ley holandesa de trasplantes, avanzando que "no tendrá un impacto sustancial en la donación". Incluso ha apuntado que este cambio legislativo puede tener un impacto negativo en la sociedad holandesa, ya que puede ser considerado como un intento de fiscalización de los órganos por parte del Estado.

En España, la Ley de Trasplantes, contempla que cada persona puede expresar su predisposición o rechazo a la donación por cualquier medio, bastando la comunicación a su entorno familiar

Ha explicado que la legislación española, al igual que la holandesa, parten de la consideración de una persona como donante de órganos, salvo que haya expresado en vida su oposición. La diferencia, ha añadido, reside en su aplicación. Mientras en Holanda se establece que si no consta esta oposición en un registro específico, una persona será considerada donante, en España la Ley de Trasplantes, vigente desde 1979, contempla que cada persona puede expresar su predisposición o rechazo a la donación por cualquier medio, bastando la comunicación a su entorno familiar. Por este motivo, el coordinador de trasplante debe verificar que no existe oposición a la donación, consultando siempre al entorno familiar que tendrá en la práctica la decisión final.

Según los datos del pasado año, el 87% de las familias se pronunció favorablemente sobre la donación de órganos de la persona fallecida.

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