CESM exige a Castilla y León que ningún candidato a la OPE 2019 se vea perjudicado

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) en Castilla y León ha solicitado a la Dirección General de Profesionales que adopte las medidas necesarias para que ningún candidato de la OPE 2019 se vea perjudicado por la falta de valoración.

Oposición a una oferta pública de empleo (OPE)
Oposición a una oferta pública de empleo (OPE)
CS
20 octubre 2021 | 16:05 h

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) en Castilla y León ha solicitado a la Dirección General de Profesionales que adopte las medidas necesarias para que ningún candidato de la OPE 2019 se vea perjudicado por la falta de valoración de los méritos relativos a la 'experiencia profesional' en la OPE 2019.

"Está llegando a nuestro conocimiento a través de diferentes afiliados y tras comprobar que no se han valorado sus méritos relativos a la experiencia profesional en algunos de los procesos selectivos convocados por los correspondientes tribunales de selección, parece ser que por la falta de aportación de certificados de vida laboral", señalan.

"Cuando se ha publicado la resolución por la que se aprueba y publica la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, comprueban que se les valora con 0 puntos en su apartado de Experiencia Profesional"

Tal y como indican, "esta circunstancia está produciendo graves trastornos entre los profesionales afectados que se han presentado a la OPE 2019, cuyos exámenes se han realizado en los últimos meses, al comprobar que, cuando se ha publicado la resolución por la que se aprueba y publica la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, y comprueban que se les valora con 0 puntos en su apartado de Experiencia Profesional".

"Como no queremos que ningún profesional se vea afectado, hemos remitido a la Administración una carta con la previsión contenida en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone: 'Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello', a fin de que rectifique de oficio, o permita rectificar a los afectados, dándoles la oportunidad de subsanación, aplicando el artículo 68 de la misma norma y ello con anterioridad a la publicación de los citados listados provisionales", sentencian.

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