Sacyl indemniza a un paciente con 81.363 euros por los graves daños por retraso en una operación

La resolución ha sido recurrida por el paciente, al entender que carece de justificación la reducción efectuada sobre la indemnización solicitada.

Hospital Universitario Río Hortega de Valladolid (Foto. Europa Press)
Hospital Universitario Río Hortega de Valladolid (Foto. Europa Press)
11 febrero 2021 | 12:20 h

La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León ha asumido el pago de una indemnización de 81.363 euros a favor de un paciente por las gravísimas secuelas ocasionadas a raíz de un retraso en una cirugía de descompresión de la médula.

El paciente, de 64 años en el momento de los hechos, ingresó el día 27 de junio de 2017 en el Hospital Río Hortega de Valladolid para cirugía programada de estenosis lumbar, intervención que discurrió sin incidencias.

Pero en la madrugada del día 29, el paciente refirió dolor agudo en extremidad inferior izquierda, que no cedía con analgesia, y sensación de acorchamiento en ambos pies. La enfermera avisó al neurocirujano, quien se limitó a indicar telefónicamente, sin acudir a explorar al paciente, que se le administrara analgésicos.

El paciente no tuvo control de micción y precisó de rescates analgésicos por dolor

En las horas posteriores, no tuvo control de micción y precisó de rescates analgésicos por dolor. No hubo exploración por parte del neurocirujano de guardia, según informa la Asociación el Defensor del Paciente a través de un comunicado recogido por Europa Press.

Por la mañana, el neurocirujano ordenó realizar una RM, que provocó una estenosis del canal con compresión del saco dural y de las raíces. Se indicó cirugía urgente, que evidenció un hematoma intradural muy evolucionado.

A pesar de evacuar el hematoma, los daños ya estaban instaurados. Al día siguiente, el paciente presentó pérdida de sensibilidad y movilidad en extremidades inferiores, sin control de esfínteres.

IMPOTENCIA SEXUAL E INCONTINENCIA

Tras esta cirugía de urgencia, el paciente fue trasladado al Hospital Benito Menni de Valladolid, para comenzar con rehabilitación neurológica, siendo dado de alta el día 21 de septiembre con parestesias en extremidades inferiores, portador de sonda vesical por incontinencia urinaria y a heces, e impotencia sexual. Ahora, camina únicamente apoyado en barras paralelas y trayectos cortos.

En el caso concreto, la Consejería de Sanidad de Castilla y León, siguiendo el tenor del Informe de Inspección Médica, reprocha que el neurocirujano de guardia no acudiera a explorar al paciente cuando fue avisado por la enfermera, al apreciarse dolor y signos de afectación neurológica, limitándose a pautar analgésicos para calmar el dolor.

El médico debió acudir a explorar personalmente al paciente, quien había sido sometido a una cirugía de liberación radicular, entre cuyos riesgos es conocido el de compresión por hematoma intradural, riesgo que, además de ser conocido, requiere de una actuación inmediata para evitar la compresión ejercida por el hematoma y, con ello, las lesiones al paciente.

El médico debió acudir a explorar personalmente al paciente, quien había sido sometido a una cirugía de liberación radicular

Una descompresión realizada en las 8 primeras horas permite una recuperación sin secuelas del paciente. En este caso, la demora se cifra en 11 horas, desde la llamada de la enfermera hasta la realización de la cirugía. Este retraso en la realización de la cirugía es la causa de las lesiones neurológicas del paciente, quien hoy en día sigue con tratamiento de rehabilitación y uso de pañales por incontinencia.

No obstante, haberse reconocido la negligente actuación del servicio médico, cuestión de fondo de la Reclamación planteada por el paciente, la Resolución de la Consejería de Sanidad reduce el montante indemnizatorio que había sido solicitado por éste al 30%, acogiéndose al informe realizado por perito de la aseguradora que ha de pagar tal indemnización basado en la incertidumbre sobre el resultado que hubiera tenido una cirugía realizada en esas 8 primeras horas.

La resolución ha sido recurrida por el paciente, al entender que carece de justificación la reducción efectuada sobre la indemnización solicitada. Pues constatada y así reconocida la mala praxis por parte del servicio público, no es de aplicación una reducción sobre la base del desconocimiento de lo que hubiera podido suceder. Puesto que, de haberse actuado oportunamente por parte del servicio médico responsable, no estaríamos hoy hablando de qué pronóstico de recuperación hubiera tenido el paciente de haberse realizado el diagnóstico correcto de forma más temprana, puesto que esa situación no hubiera existido.

La defensa del caso ha sido tramitada por el letrado Santiago Díez Martínez, de SDS Legal, especialistas en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El Defensor del Paciente'.

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