El TSJEx ratifica los cierres perimetrales de los nueve municipios solicitados por Extremadura

Todos los municipios están en situación de riesgo muy elevado de que se pueda producir un aumento de casos de COVID-19.

Un agente de la Policía Nacional durante un control durante la pandemia de COVID (Foto. Jesús Hellín  EP)
Un agente de la Policía Nacional durante un control durante la pandemia de COVID (Foto. Jesús Hellín EP)
20 julio 2021 | 16:15 h

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha ratificado los cierres perimetrales solicitados este pasado lunes por la Junta de Extremadura en nueve municipios de la región para controlar la incidencia del coronavirus.

Así, en dos autos dictados este martes, la Sala del TSJEx ha acordado en dos autos ratificar de esta forma los cierres de Cabezuela del Valle, Almoharín y Ceclavín, en la provincia de Cáceres, y de Puebla de Sancho Pérez, Puebla de la Calzada, Talavera la Real, Calamonte, Castuera y Guareña en la provincia de Badajoz.

Unos cierres perimetrales que se autorizan, por encontrarse todas ellas en situación de riesgo muy elevado de que se pueda producir un aumento de casos de COVID-19.

En sus dos autos, el TSJEx considera que estas medidas solicitadas por la Junta de Extremadura "están justificadas y son necesarias y proporcionadas" para conseguir el objetivo de la protección de la vida, la salud y la integridad física, al amparo de los artículos 15 y 43 de la Constitución Española.

Todos los municipios están en situación de riesgo muy elevado de que se pueda producir un aumento de casos de COVID-19

Así, añade que estas medidas sanitarias solicitadas cumplen con los requisitos de "la existencia de un riesgo inminente y extraordinario que justifica" su adoptación, y señala que de la información remitida por la Junta de Extremadura "se puede deducir, con absoluta claridad, la existencia de un incremento importante en el número de casos afectados por Covid-19".

Por eso, el tribunal considera "notorio" que "es necesario una intervención temprana cuando el nivel de transmisión empieza a crecer a fin de evitar una situación de gravedad excepcional", que afectaría
tanto a la vida e integridad física de las personas como a la situación hospitalaria.

Añade el tribunal que estas medidas "resultan proporcionadas", atendiendo al espacio territorial al que afectan, así como a las personas a las que se aplica y a su duración temporal, que es de catorce días.

Finalmente, cabe destacar que se ha dado traslado al Ministerio Fiscal que ha emitido dictamen favorable para las medidas solicitadas por la Junta de Extremadura para estos nueve municipios.

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