Los médicos interinos gallegos recurren la carrera profesional del Sergas

La Asociación de Médicos Interinos de Galicia (Asmig) ha presentado este lunes un recurso de reposición contra la orden de carrera profesional aprobada recientemente por el Servicio Gallego de Salud (Sergas).

Sede del Servicio Gallego de Salud (Sergas)
Sede del Servicio Gallego de Salud (Sergas)
CS
21 agosto 2018 | 10:12 h

La Asociación de Médicos Interinos de Galicia (Asmig) ha presentado este lunes un recurso de reposición contra la orden de carrera profesional aprobada recientemente por el Servicio Gallego de Salud (Sergas) y publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de 30 de julio. Según han explicado, este recurso administrativo se ha presentado de forma individual y no colectiva por asesoría judicial. El mismo procedimiento será empleado en caso de que sea preciso acudir a un proceso judicial posterior si se desestima lo solicitado por esta vía.

Los interinos gallegos consideran que la citada orden "podría vulnerar la normativa vigente y establecer una clara discriminación entre el personal fijo y el resto a la hora de acceder al cobro de este complemento". "Mientras el acceso de los fijos es inmediato, los temporales deben esperar unplazo de cinco años para que se les conceda el primer tramo; en otras autonomías de menor poder adquisitivo, como Extremadura, se ha optado por universalizar este complemento, exigiendo unicamente una antiguedad de cinco años de servicios prestados en la sanidad pública", han apuntado.

"La orden de carrera profesional podría vulnerar la normativa vigente y establecer una clara discriminación entre el personal fijo y el resto a la hora de acceder al cobro de este complemento"

La Ley 2/2015 de Empleo de Galicia hace alusión a la carrera profesional y a las retribuciones del personal interino, que percibirá "las mismas retribuciones complementarias que el personal funcionario de carrera". Así mismo, la Directiva 1990/70 del Consejo de la Unión Europea (UE) establece el principio de no discriminación, mediante el cual se aclara que no podrá establecerse diferencias de trato entre trabajadores temporales y fijos.

En este contexto, Asmig ha aportado una serie de sentencias favorables a sus pretensiones y ha hecho expresa reserva de su intención de recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa, en caso de que el Sergas opte por la negativa o, lo que parece mas probable, el silencio administrativo.

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