Se nombrará como interino al personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como interino
La Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid habilitó a la Consejería para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, es decir, la Mesa Sectorial de Sanidad, regulase un procedimiento extraordinario de nombramiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) de todo el personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino.En este sentido, la Mesa Sectorial ya aprobó el pasado mes de abril un acuerdo sobre los criterios para el nombramiento de personal interino en el ámbito de la Gerencia de Atención Primaria. El objeto, indica la Consejería, era establecer los criterios a tener en cuenta en el proceso que se pone en marcha en el ámbito de la Gerencia de Primaria para el nombramiento de personal estatutario interino.
En la Mesa Sectorial de este jueves también se ha tratado la carrera profesional. A este respecto, se va a constituir la Comisión Central de Carrera Profesional que analizará la situación de los profesionales afectados por la suspensión del reconocimiento de nuevos niveles y abono de las cuantías correspondientes establecida desde el año 2009. “Estos profesionales podrán presentar la documentación necesaria para que se comience a evaluar y proponer los niveles que correspondan a cada uno de los solicitantes”, añade Sanidad.
Porque salud necesitamos todos… ConSalud.es