Condenan al Servicio Murciano de Salud por perforar la tráquea a un paciente

El paciente ha quedado en estado total de dependencia tras someterse a una simple extracción de muelas

Condenan al Servicio Murciano de Salud por perforar la tráquea a un paciente durante una extracción de muelas
Condenan al Servicio Murciano de Salud por perforar la tráquea a un paciente durante una extracción de muelas
CS
15 marzo 2019 | 10:35 h

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado Sentencia (17/1/2019) completada por Auto (26/2/2019), en un caso tramitado por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, donde se condena a Mapfre, como aseguradora del Servicio Murciano de Salud, a indemnizar a un joven y a sus padres por la “gravísima incapacidad con la que ha quedado tras una simple intervención de extracción de muelas del juicio”.

Los hechos se remontan al año 2015 cuando el paciente, ahora con 34 años, ingresó por su propio pie en el Hospital General Universitario Reina Sofía de Murcia de forma programada para someterse a una extracción de muelas.

Pese a presentar una incapacidad por trisomía del cromosoma 11, el hombre realizaba una vida relativamente normal. Sin embargo, tras la intervención en el hospital, su posterior traslado a la UCI por sufrir un “neumomediastino en postoperatorio inmediato” y su permanencia con múltiples complicaciones en estado crítico hasta recibir el alta de la unidad el 19/10/2015, el paciente se encuentra ahora en una situación de “gran dependencia y afasia motora”.

El paciente fue trasladado a la UCI y permaneció varios días en situación grave

Es además portador de gastrostomía (se alimenta por sonda) y traqueostomía con aspiraciones constantes, lo que le ocasiona disnea. Se encuentra permanentemente encamado y como se dice dependiente de sus padres para los actos más esenciales de la vida las 24 horas del día.

Con todo ello, se interpuso demanda contra la aseguradora del SMS -no avalada con informe pericial alguno-, por entender que se había producido una falta de consentimiento informado y un daño objetivamente desproporcionado entre una extracción de muelas y las gravísimas lesiones sufridas.

Mapfre se opuso a la demanda con informes periciales que sostenían que lo que pudo ocurrir fue que la tráquea del chico la perforase el tubo de la anestesia, aun siendo romo y haciendo la intubación correctamente, porque como es sabido por los médicos los afectados de trisomía del cromosoma XI, como era el paciente, pueden padecer traqueomalacia, es decir, tráquea débil.

Mapfre  indemnizara por daños y perjuicios a los padres, en nombre propio y en representación de su hijo

Los padres se enteraron de todo esto en el procedimiento judicial, “de haberlo sabido hubieran podido evitar fácilmente el riesgo con una simple sedación o anestesia local, o incluso haber renunciado a la extracción de las muelas del juicio”.

Por todo ello, la Sentencia, y el Auto que la complementa, condena a “...la Cía. de Seguros Mapfre al pago de la indemnización de daños y perjuicios sufridos por los padres, en nombre propio y en representación de su hijo, que se determine en un posterior procedimiento declarativo, así como al abono de los intereses del art 20 LCS desde la fecha del siniestro, esto es, el 20 de mayo de 2015”.

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