Los espacios con aforo de más de 700 personas en Navarra contarán con desfibriladores

Una nueva norma regula el despliegue de estos dispositivos y la formación en reanimación requerida del personal al cargo para atender a personas que entren paradas cardiorrespiratorias.

Los desfibriladores deberán ser colocados en aquellos espacios con un aforo de al menos 700 personas
Los desfibriladores deberán ser colocados en aquellos espacios con un aforo de al menos 700 personas

Cualquier espacio o instalación con aforo autorizado o previsto para más de 700 personas deberá contar con desfibriladores, según recoge la propuesta de decreto foral elaborada por el Gobierno de Navarra para regular el uso de estos dispositivos fuera del ámbito sanitario. La nueva norma regula también la formación básica del personal que se designe para estar al cargo de estos desfibriladores, en calidad de potenciales primeras personas intervinientes en la atención a personas que entren en parada cardiorrespiratoria.

La regulación fue presentada este lunes por el director general de Salud, Luis Gabilondo, quien estuvo acompañado por el director del Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías, Lázaro Elizalde. Según explicaron, el nuevo decreto responde a la necesidad de actualizar la normativa vigente, que databa de 2011, para “garantizar una red operativa y viable que haga posible la actuación coordinada entre los dispositivos sanitarios y los extrasanitarios en la atención a la parada cardíaca”, dada la vital importancia que tienen las intervenciones que realizan los testigos de este tipo de episodios en los diez primeros minutos.

El objetivo es generar espacios cardioprotegidos y crear una red de primeras personas intervinientes convenientemente formadas en reanimación​

El objetivo es generar espacios cardioprotegidos y crear una red de primeras personas intervinientes convenientemente formadas en reanimación, para aumentar así la capacidad de intervención inmediata en los entornos delimitados y garantizar tiempos de respuesta inferiores a cinco minutos. Entre los espacios que deberán disponer de un desfibrilador accesible al público, destacan los centros educativos con más de 700 alumnos, así como los centros de trabajo con la misma cifra mínima de empleados. También lo serán los polideportivos, piscinas y cualquier instalación deportiva, cultural o recreativa con un aforo autorizado o previsto superior a esa misma cantidad. 

REGISTRO Y MANTENIMIENTO DE DESFIBRILADORES

El nuevo decreto define los lugares donde es obligada la instalación de desfibriladores automáticos y semiautomáticos, las personas cuya capacitación se considera clave para el adecuado funcionamiento, la formación requerida para su uso y los registros necesarios para disponer información operativa sobre los desfibriladores disponibles en Navarra, que deberá estar actualizada permanentemente.

Se trata de una línea de acción conectada con el Plan de Salud, que incluye entre sus estrategias prioritarias la mejora de la atención de las llamadas urgencias tiempo-dependientes y contempla la capacitación de la ciudadanía ante la urgencia vital. “El decreto busca desarrollar de manera ordenada la colaboración entre los dispositivos sanitarios y los agentes sociales para la optimización de los resultados de respuesta ante una situación de parada cardíaca”, explicó Elizalde.

En la misma ubicación que los desfibriladores, deberán colocarse de forma visible las normas de utilización de los aparatos en las lenguas oficiales en la localidad y en otros idiomas

Los desfibriladores se ubicarán en un lugar visible y accesible y estarán debidamente indicados mediante la señalización universal recomendada por el Comité Internacional de Coordinación sobre Resucitación (ILCOR), con presencia del número de teléfono 112 de SOS Navarra. En la misma ubicación, deberán colocarse de forma visible las normas de utilización de los aparatos en las lenguas oficiales en la localidad y en otros idiomas, a criterio de la persona titular de la instalación, que será también responsable de su instalación y correcto mantenimiento.

La aplicación de esta normativa conlleva la colaboración de diferentes instituciones y organismos. Para su desarrollo y puesta en marcha, el Departamento de Salud ha contado con la cooperación y aportaciones de la Dirección General de Interior, el Centro de Estudios e Investigación sobre Medicina del Deporte y los departamentos de Educación y Administración Local, además del área de Docencia del propio Departamento de Salud y el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído