Glovo, de nuevo en el punto de mira del sector farmacéutico

La venta a distancia de medicamentos sujetos a prescripción médica está prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.

Glovo, en el punto de mira del sector farmacéutico
Glovo, en el punto de mira del sector farmacéutico
Salud35
27 noviembre 2018 | 00:00 h

Glovo de nuevo se encuentra en el punto de mira del sector farmacéutico. Y es que, en los últimos años, diferentes plataformas digitales han entrado en el mercado de venta de medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de internet. Precisamente, el caso más reciente es el de la plataforma Glovo, que recibía el pasado mes de julio un requerimiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ordenando el cese de su actividad, por entender que esta no se ajustaba a la legislación vigente.

La venta a distancia de medicamentos sujetos a prescripción médica está prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. Por lo que respecta a la venta a distancia de medicamentos no sujetos a prescripción médica, está regulada por el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, que establece que la venta a distancia solo puede realizarse a través de sitios web de oficinas de farmacia que cumplan las condiciones recogidas en el artículo 3 de este Real Decreto.

De hecho, el artículo 3 del Real Decreto 870/2013 especifica que solo pueden llevar a cabo la venta a distancia de medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de la web las oficinas de farmacia abiertas al público, legalmente autorizadas, que hayan efectuado comunicación de esta actividad al órgano competente de su respectiva comunidad autónoma.

Torres ha dejado clarao que se continuará denunciando a plataformas como Glovo y aquellas acciones contrarias a la normativa vigente

El apartado segundo de este artículo dice que la venta a través de la página web de la farmacia ha de hacerse con la intervención de un farmacéutico, previo asesoramiento personalizado. En el apartado 3 queda claro que la venta únicamente puede realizarse directamente desde la oficina de farmacia responsable de la dispensación, sin intervención de intermediarios. Además, en el artículo 8 se recoge que el nombre del dominio debe haber sido registrado por el titular de la farmacia.

En referencia al transporte del medicamento, las condiciones se recogen en el artículo 11, donde se afirma que el suministro de medicamentos desde la oficina de farmacia dispensadora hasta el domicilio indicado por el usuario es responsabilidad de la oficina de farmacia. Y concreta que, si el transporte se realiza a través de un tercero, ha de existir un contrato en el que se establezcan las responsabilidades de cada una de las partes, las condiciones del servicio y las previsiones exigidas por la normativa de protección de datos.

DENUNCIA DE FEFAC A GLOVO

Antoni Torres, presidente de la Federación de Asociaciones de Farmacias de Cataluña (Fefac), ha explicado a los asistentes a la Jornada del Sector Farmacias, la denuncia que interpuso la federación a Glovo  el pasado mes de febrero ante el Departamento de Salud, por entender que su actividad comportaba un riesgo para la salud pública y una vulneración del principio de dispensación de medicamentos y atención farmacéutica.

Esta fue una de las primeras acciones contra Glovo, juntamente con la iniciada el mismo mes de febrero por la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (Ceofa) y sus asociaciones provinciales, como la malagueña Aprofarma. En mayo, el Consejo General de Colegios Farmacéuticos (Cgcof) presentó su denuncia y Adefarma cuestionaba la legalidad del Glovo el pasado mes de junio, en un escrito presentado a la Subdirección General de Inspección y Ordenación Farmacéutica.

"EL MEDICAMENTO NO ES UN BIEN DE CONSUMO"

"El medicamento no es un bien de consumo sino un bien regulado", ha afirmado Torres, quien también  ha recordado que, por lo que respecta a los medicamentos con receta, es el médico quien abala la prescripción, con su firma, el que genera la obligación del farmacéutico de dispensar. Por lo que respecta a los medicamentos no sujetos a prescripción, quien asume la responsabilidad de la idoneidad del medicamento es el farmacéutico. "En los dos casos hay detrás un profesional del sistema sanitario, responsable de ese producto, sea de prescripción o de libre dispensación, que garantiza la seguridad del paciente", ha puntualizado.

"Las plataformas digitales quieren obviar este control del medicamento sin prescripción, cuya consecuencia es la banalización del medicamento como bien de consumo en contra de la ley del medicamento, que lo que quiere es garantizar el uso racional y la relación directa con el farmacéutico-paciente", ha asegurado el presidente de Fefac.

Según Glovo, los repartidores simplemente actúan como mandatarios verbales de aquellos usuarios que solicitan medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de la plataforma para su recogida

Asimismo, Torres ha insistido en que tiene que existir una relación directa entre el farmacéutico y el paciente para realizar la venta y que no pueden existir intermediarios, como en el caso de Glovo. Sobre esta plataforma, ha añadido que "la farmacia ha de tener un acuerdo con la empresa de transporte para vender medicamentos por internet, hecho que no se da".

Por todo ello, Torres ha dejado clarao que "se continuará denunciando a plataformas como Glovo y aquellas acciones contrarias a la normativa vigente".

GLOVO CONTINÚA VENDIENDO MEDICAMENTOS POR INTERNET

Después de la resolución de la Ameps, Glovo ha retirado la lista de productos y las fichas de medicamentos, pero en su web todavía aparece el icono 'Farmacia 24h' y se pueden comprar medicamentos. Si se clica en este icono aparece la pregunta '¿Qué necesitas?'. El usuario puede pedir el medicamento que desee a través de este apartado y recibirlo en el lugar indicado. Así lo demostró un asistente durante la jornada, mostrando un medicamento que acababa de comprar a través de Glovo y que un mensajero le entregó en la puerta del mismo hotel donde se estaba celebrando el acto.

Ante esta situación improvisada, Manel Rabanal, jefe de la Sección de Vigilancia y Publicidad de Medicamentos (Servicio de Ordenación y Calidad Farmacéutica del Departamento de Salud), ha dicho que "Glovo no es un sitio web de una oficina de farmacia” y que a través de su plataforma “no debería poder pedirse un medicamento". De igual modo, Rabanal ha añadido que "si existen pruebas de que a través de esta plataforma venden medicamentos y que, por tanto, Glovo está desacatando la orden de la Aemps, "es necesario realizar otro requerimiento para poner fin a esta situación".

Rabanal también ha explicado a los asistentes que "Glovo es solo la punta del iceberg" y citó nombres de plataformas de compra y venta de bienes de consumo que han intentado entrar en este mercado, como Wallapop que publicaba anuncios de medicamentos a título particular.

GLOVO NIEGA QUE VENDA O PUBLICITE MEDICAMENTOS

Por su parte, en un comunicado, Glovo ha negado que venda o publicite medicamentos. "La actividad de Glovo se limita a poner en contacto a usuarios, farmacias y a repartidores independientes mediante la aplicación tecnológica. Los repartidores simplemente actúan como mandatarios verbales de aquellos usuarios que solicitan medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de la plataforma para su recogida. Por tanto, las compras se realizan con consejo farmacéutico y siempre de forma presencial en las farmacias", han reiterado.

Asimismo, desde la compañía han querido dejar claro que "la actividad económica de Glovo se enmarca en la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (Ley 34/2002) y no en las disposiciones de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, que queda exclusivamente restringida a las actividades de venta de productos farmacéuticos".

De igual modo, Glovo ha recalcado que "si un farmacéutico dispensa de forma presencial un medicamento que requiere receta médica es responsabilidad propia de la farmacia que lo ha dispensado, no de la plataforma".

No obstante, la plataforma ha desarrollado mecanismos para facilitar al farmacéutico el contacto directo con el usuario a través del repartidor con la finalidad de reforzar y potenciar "el consejo del farmacéutico, permitiendo un contacto fluido y directo".  

"El farmacéutico es plenamente consciente que el usuario final delega en un tercero la recogida, que Glovo es un simple intermediario tecnológico entre las partes, y que el usuario es libre de ejercitar su derecho fundamental de auxilio cuando necesite un medicamento siempre que no esté sujeto a prescripción médica por lo que son los farmacéuticos y las oficinas de farmacias las únicas responsables y quienes deciden si dispensar o no el producto farmacéutico", han insistido.

En cualquier caso, "Glovo mantiene una relación excelente con muchísimas farmacias, en tanto, tanto las farmacias como Glovo tienen en común ayudar a los usuarios y por ello colaboran activamente promoviendo el consejo farmacéutico al realizarse todas las compras de forma presencial en las oficinas de farmacia y ante la presencia del farmacéutico", han subrayado.

Por último, desde la compañía han destacado que, hasta la fecha de hoy, "Glovo a través de la plataforma y la colaboración de las oficinas de farmacia y de los repartidores independientes ha ayudado a familias y personas necesitadas, que en vista de la distancia o imposibilidad física de desplazamiento, han podido delegar en un tercero la recogida y entrega de productos de venta en farmacia sin prescripción médica".

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído