La asociación del Defensor del Paciente, especializada en negligencias médicas, ha emitido un comunicado en el que informa de una condena a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana por la muerte de un paciente como consecuencia de un abandono injustificado del servicio de emergencias. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a esta Administración al pago de una indemnización a los familiares de la víctima por valor de 40.000 euros.
El hombre fallecido, de 56 años, con antecedentes de metástasis pulmonar requirió los servicios del 112 tras sufrir sangrado y ahogos. “El médico de guardia y el enfermero que acudieron con la unidad de soporte vital básico no permanecieron con la paciente a lo largo del trayecto hacia el hospital Lluis Alcanyis, en Xátiva, retrasando el ingreso en urgencias y dejando desasistido al paciente el resto del trayecto”, relata el Defensor del Paciente.
“El médico de guardia y el enfermero que acudieron con la unidad de soporte vital básico no permanecieron con la paciente a lo largo del trayecto hacia el hospital Lluis Alcanyis"
Por su parte, la sentencia judicial “sostiene que el paciente se hallaba en un deterioro progresivo y agónico como consecuencia de su patología basal”. Asimismo la inspección médica afirma que no se llevaron a cabo por parte del personal sanitario todas las atenciones necesarias en este tipo de casos. El Defensor del Paciente subraya que “con saturaciones inferiores al 80%, como era el caso del paciente, hay que valorar intubación y ventilación mecánica. Por lo que dejar que el paciente finalizara el trayecto al hospital sin asistencia médica no es lo indicado”.
Desde esta asociación concluyen “que la sentencia ha hecho justicia al apreciar mala praxis en base a lo manifestado anteriormente, si bien lamenta que se haya tenido que esperar años hasta que una sentencia diera la razón a los familiares del paciente porque la Administración sanitaria no haya sido capaz de reconocer la negligencia”.