El Supremo decide si deniega la sanidad a padres de ciudadanos de la UE en España

La sala de lo social del Tribunal Supremo se pronunciará este miércoles sobre la denegación por parte del INSS de la tarjeta sanitaria a familias de ciudadanos de la UE que tienen permiso por reagrupación familiar.

Sede del Tribunal Supremo.
Sede del Tribunal Supremo.

Este miércoles se reúne la sala de lo social del Tribunal Supremo para decidir sobre una medida relacionada con el acceso universal a la atención sanitaria. En concreto, se pronunciará sobre la denegación o no de la tarjeta sanitaria a padres y madres de ciudadanos de la Unión Europea que residen en España.

Se trata de una sonada denuncia de las asociaciones ‘Colectivo de Afectadas por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)’ y de ‘Yo Sí Sanidad Universal’, organismos que reprochan que desde que se aprobó el Real Decreto 16/2012 “miles de personas han quedado excluidas de la sanidad pública”. En concreto, hacen referencia las personas que tienen permiso de residencia por reagrupación familiar o como familiares de ciudadanos de la UE.

Varios colectivos destacan que "más de 70 jueces y juezas de tribunales de al menos siete comunidades autónomas han fallado contra el INSS y han dado la razón a los afectados"

Y es que, no sólo lamentan que la denegación de la tarjeta sanitaria del Sistema Nacional de Salud (SNS) por parte del INSS a este colectivo se ha realizado desde que el PP implantara el mencionado RD. También reprochan al PSOE de negarse a “garantizar la asistencia sanitaria a estas familias, desoyendo las demandas de las organizaciones sociales”, pese a que se haya aprobado otro RD de sanidad universal.

Frente a esta situación, estos colectivos han presentado la campaña #70a1 con la que denuncian la actuación del INSS frente a las “más de 70 jueces y juezas de tribunales de al menos siete comunidades autónomas que han fallado contra el INSS y han dado la razón a los afectados, a los que se les ha concedido la tarjeta sanitaria”.

Aún así, la administración de la Seguridad Social ha recurrido estas sentencias en más de la mitad de los casos, perdiendo los recursos en los Tribunales Superiores de Justicia de las respectivas comunidades autónomas. De todos estos recursos, tan sólo el TSJ de Cataluña ha dado la razón al INSS en una única ocasión. Según estos colectivos, se trataba de “un caso que difería del resto al no tratarse de una ascendiente de una ciudadana española”.

“EXPECTANTES” ANTE EL POSICIONAMIENTO

Por todos estos motivos, el Colectivo de Afectadas por el INSS se muestra “expectante y espera con preocupación, aunque también con esperanza”, el pronunciamiento del Tribunal Supremo. Consideran que “podría acabar por fin con estas actuaciones ilegales por parte del INSS, haciendo posible por fin la obtención de tarjeta sanitaria a los padres y madres que vienen a reunirse con sus hijas e hijos en España”.

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