La comunidad científica abraza la evidencia y da la espalda a la ozonoterapia

La ozonoterapia ha sido una de las cuestiones más abordadas de las últimas semanas. Todo se originó a raíz de dos fallos judiciales en Barcelona y Castellón, en los que los magistrados autorizaban esta terapia contraria al criterio clínico.

Hospital de La Plana
Hospital de La Plana

La ozonoterapia ha sido una de las cuestiones más abordadas en la información sanitaria de las últimas semanas. Todo se originó a raíz del fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Castellón de la Plana (Comunidad Valenciana), un órgano que obligó al Hospital Universitario de La Plana, en la localidad de Villareal, a aplicar el citado tratamiento a un paciente ingresado en la UCI del centro con la COVID-19.

El equipo intensivista, en defensa de la deontología profesional y el criterio científico, se negó a administrar el tratamiento impuesto por el juzgado, por lo que el magistrado autorizó a un equipo externo la aplicación de la ozonoterapia para, sobre el papel, combatir la enfermedad producida por el SARS-CoV-2.

Días después, sudecía algo similar en Barcelona, donde un juzgado de la Ciudad Condal autorizaba la administración de ozonoterapia en contra del criterio sanitario establecido. El Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña mostró su desacuerdo al instante ante la "decisión de dar tratamiento sin evidencia científica", considerándolo "una injerencia sobre las evaluaciones clínicas de los profesionales"

El CGCOM sostiene que la imposición judicial de iniciación de un tratamiento, que "desoye las recomendaciones del equipo encargado de la atención al paciente y al margen de los protocolos basados en la evidencia científica", puede contribuir a que "se diluyan las responsabilidades y el paciente sufra las consecuencias en la calidad de la asistencia y su seguridad"

La realidad es que la comunidad científica ha mostrado su rechazo ante sendas judiciales. Uno de los primeros en pronunciarse fue el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), entidad que considera que la “injerencia judicial” en decisiones clínicas “altera gravemente los procesos de evaluación” que desarrollan las sociedades científicas, las guías de práctica clínica y el trabajo de las agencias de evaluación del Sistema Nacional de Salud (SNS).

El CGCOM sostiene que la imposición judicial de iniciación de un tratamiento, que "desoye las recomendaciones del equipo encargado de la atención al paciente y al margen de los protocolos basados en la evidencia científica", puede contribuir a que "se diluyan las responsabilidades y el paciente sufra las consecuencias en la calidad de la asistencia y su seguridad".

En la misma línea se ha mostrado la Federación de Asociaciones Científico-Médicas Españolas (FACME), una entidad que ha manifestado "su total apoyo” a los profesionales del centro de Castellón.

De igual modo, muestran su "rechazo ante la imposición judicial –por petición de los familiares- de administrar un tratamiento no aprobado en esta indicación por parte de las autoridades sanitarias de ningún país -ya que no se ha acreditado su eficacia y seguridad en humanos- además de no tenerse en cuenta el criterio clínico y ético del personal del servicio responsable de la atención del paciente, que sigue las indicaciones de tratamiento aconsejado por las guías clínicas basadas en la evidencia".

La federación expone su preocupación sobre las consecuencias que pueden desencadenarse tras la decisión tomada por las autoridades judiciales, puesto que está basada en un supuesto "beneficio potencial" pero no se ha tenido en cuenta la posibilidad de un "perjuicio potencial", presentes en todas las medidas terapéuticas (balance riesgo-beneficio).

Desde Semicyuc han solicitado en las últimas fechas al poder judicial que vigile y sancione la promoción fraudulenta de tratamientos no autorizados por las agencias reguladoras por no haber probado su eficacia y seguridad con la metodología científica habitual, aprovechando la situación de angustia, miedo y en algunos casos de desesperación de los familiares de los pacientes graves

Al hilo, desde Semicyuc han solicitado en las últimas fechas al poder judicial que vigile y sancione la promoción fraudulenta de tratamientos no autorizados por las agencias reguladoras por no haber probado su eficacia y seguridad con la metodología científica habitual, aprovechando la situación de angustia, miedo y en algunos casos de desesperación de los familiares de los pacientes graves. A pacientes y familiares les reiteran su compromiso con la aplicación de los mejores cuidados y tratamientos disponibles en la actualidad con el imprescindible respaldo científico.

INTERRUMPIDO POR DECISIÓN JUDICIAL

Este fin de semana se conocía que el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha acordado el levantamiento de la medida cautelar acordada el pasado 13 de agosto y, por tanto, la autorización para el tratamiento con ozonoterapia al paciente con Covid-19 ingresado en la UCI del Hospital de La Plana, en Villarreal, ante la petición formulada por la familia del afectado de seguir con la aplicación de esta terapia en un centro de fuera de la Comunidad Valenciana y considerarse por esta parte que no existe riesgo para su salud con el traslado.

El equipo externo que trata al paciente considera que ese traslado puede hacerse de forma segura y, en este sentido, la familia formuló esta petición el pasado 24 de agosto. Ante esta situación, el magistrado, que no se pronuncia sobre el fondo de la cuestión, entiende que se ha producido y acreditado un "cambio sustancialde las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de la medida cautelar, lo que permite modificarla y levantarla al no cumplirse los requisitos previstos para su adopción, según consta en un auto de este mismo viernes facilitado por el Tribunal Superior de Justicia y consultado por Europa Press.

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