Los trabajadores temporales no pueden acceder a la tarjeta sanitaria europea

Sí reciben un certificado provisional que, aunque tiene la misma validez que la tarjeta, dura sólo 30 días. Tampoco la obtienen aquellos que están en el censo de artistas y toreros.

CS
11 julio 2016 | 23:59 h
Los trabajadores temporales no pueden acceder a la tarjeta sanitaria europea
Los trabajadores temporales no pueden acceder a la tarjeta sanitaria europea
Con la llegada del verano, los meses de julio y agosto aglutinan la mayoría de las semanas en las que los españoles eligen viajar por sus vacaciones. Sólo en el primer trimestre de este año, los viajes de españoles al extranjero representaron el 8,5% del total, es decir, un 23,9% más que el registrado durante el mismo periodo del año pasado, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE, en sus siglas en inglés). Estas cifras auguran un incremento de este tipo de viajes durante el verano.

La tarjeta no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico
Cuando un español se va un tiempo a otro país de la Unión Europea debe saber que tiene derecho a una asistencia sanitaria favorecida por una tarjeta específica a nivel comunitario. Se trata de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), un documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en este territorio, así como el del Espacio Económico Europeo o Suiza.

Desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se especifica que esta tarjeta no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico o si el ciudadano traslada su residencia al territorio de otro Estado miembro. Sin embargo, la información es más escasa cuando se informa de los casos en los que un español no puede tener a acceso a esta tarjeta.

El CPS tiene la misma validez que la tarjeta, pero sólo durante 30 días
Por ejemplo, los trabajadores con un contrato temporal, así como aquellos que están en alta en el censo de artistas y toreros, no están en el grupo de quienes se pueden beneficiar de la tarjeta sanitaria comunitaria. Sí pueden obtener en su defecto, el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que, como explican desde la Seguridad Social a ConSalud.es, “tiene exactamente los mismos efectos que la tarjeta sanitaria, lo que pasa es que está limitado en el tiempo”.

En concreto, tiene la misma validez que la tarjeta, pero sólo durante 30 días. El CPS ofrece la misma cobertura que la TSE pero, en algunos casos, el ciudadano deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Además, estos importes no son reintegrables. Se emite en los casos en los que no sea posible la expedición de la TSE, o cuando se deba presentar documentación específica, o cuando el desplazamiento sea inminente y no sea posible obtener la TSE al inicio del desplazamiento.


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