Bruselas propone eximir del IVA al material sanitario que distribuya la UE en tiempos de crisis

La Comisión Europea busca con esta medida importar y adquirir bienes y servicios exentos de IVA cuando dichas compras se distribuyan durante una respuesta de emergencia en la UE, como la pandemia de Covid-19.

Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea (Foto: CE)
Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea (Foto: CE)

La ComisiónEuropea ha propuesto este lunes eximir del impuesto sobre el valor añadido (IVA) los bienes y servicios ofrecidos por la Comisión Europea y los organismos y agencias de la UE a los Estados miembros y los ciudadanos en tiempos de crisis. Algunos de estos son productos relacionados con el ámbito sanitario.

Según Bruselas, esta propuesta responde a la experiencia adquirida durante la pandemia de coronavirus que, entre otras cosas, “ha demostrado que la aplicación del IVA a determinadas operaciones acaba siendo un factor de coste en las operaciones de contratación pública que ejerce presión sobre unos presupuestos limitados”.

Los destinatarios podrán ser Estados miembros o terceros como las autoridades o instituciones nacionales: un hospital, una autoridad nacional sanitaria o de protección civil

Por esta razón, la institución que preside Ursula von der Leyen cree que “maximizará la eficiencia de los fondos de la UE utilizados en interés público para responder a crisis como catástrofes naturales y emergencias de salud pública”. Asimismo, “reforzará los organismos de gestión de catástrofes y crisis a escala de la UE, por ejemplo, los que actúan en el ámbito de la Unión Europea de la Salud y del Mecanismo de Protección Civil de la UE”.

Una vez en vigor, las nuevas medidas permitirán a la Comisión y a otras agencias y organismos de la UE importar y adquirir bienes y servicios exentos de IVA cuando dichas compras se distribuyan durante una respuesta de emergencia en la UE. Los destinatarios pueden ser Estados miembros o terceros como las autoridades o instituciones nacionales (por ejemplo, un hospital, una autoridad nacional sanitaria o de protección civil).

BIENES Y SERVICIOS CUBIERTOS

Los bienes y servicios cubiertos por la exención propuesta abarcan, por ejemplo, los siguientes:

  • Pruebas de diagnóstico y materiales de ensayo, y equipos de laboratorio;
  • Equipos de protección individual (EPI), tales como guantes, respiradores, máscaras, batas, productos y equipos de desinfección;
  • Tiendas de campaña, camas de campamento, ropa y alimentos;
  • Equipos de búsqueda y salvamento, sacos terreros, chalecos salvavidas y botes inflables;
  • Antimicrobianos y antibióticos, antídotos contra peligros químicos, tratamientos para lesiones por radiación, antitoxinas, comprimidos de yodo;
  • Hemoderivados o anticuerpos;
  • Dispositivos de medición de la radiación;
  • Desarrollo, producción y adquisición de los productos necesarios, actividades de investigación e innovación, almacenamiento estratégico de productos; autorizaciones farmacéuticas, instalaciones de cuarentena, ensayos clínicos, desinfección de locales, etc.

PRÓXIMAS ETAPAS

Esta propuesta legislativa, que modificará la Directiva sobre el IVA, se presentará ahora al Parlamento Europeo a fin de recabar su dictamen, y al Consejo para su adopción. Los Estados miembros adoptarán y publicarán a más tardar el 30 de abril de 2021 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva. Aplicarán dichas disposiciones a partir del 1 de enero de 2021.

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