La UE no cambiará la norma de “medicamentos homeopáticos” como pide Sanidad

Vytenis Andriukaitis, comisario europeo de Salud, subraya que la norma actual “no asociarán las declaraciones de carácter clínico con los medicamentos homeopáticos sin que se haya demostrado su eficacia terapéutica”.

Vytenis Andriukaitis, comisario europeo de Salud.
Vytenis Andriukaitis, comisario europeo de Salud.

El comisario europeo de Salud, Vytenis Andriukaitis, ha respondido de manera firme a la petición del Gobierno español para modificar la Directiva europea que regula los productos homeopáticos. En ella, descarta introducir cambios como pedía el Ministerio de Sanidad en cuanto a la definición de “medicamento” y “medicamento homeopático”. Éste último, según el departamento que dirige María Luisa Carcedo, traía “confusión” entre los ciudadanos.

En su lugar, el comisario asegura que el marco normativo actual indica que los productores “no asociarán las declaraciones de carácter clínico con los medicamentos homeopáticos sin que se haya demostrado su eficacia terapéutica”. En este sentido, ha garantizado que la etiqueta de los productos incluirá la leyenda “medicamento homeopático sin indicaciones terapéuticas aprobadas”, además de una advertencia para que el usuario consulte a un médico si los síntomas persisten.

La Comisión Europea "no tiene previsto evaluar ni modificar la legislación" ya que "no tiene constancia de solicitudes similares de otros Estados miembros para que se modifique la legislación actual"

Desde la Comisión Europea dan esta respuesta al Gobierno español ya que “no tiene constancia de solicitudes similares de otros Estados miembros para que se modifique la legislación actual sobre los medicamentos homeopáticos”. Por este motivo, el organismo europeo “no tiene previsto en esta fase evaluar ni modificar la legislación”.

El departamento que dirige Andriukaitis ha subrayado que la directiva europea “exige que tanto los medicamentos homeopáticos como los medicamentos convencionales se sometan al mismo control en términos de fabricación, distribución y vigilancia farmacológica y establece disposiciones de seguridad específicas para los medicamentos homeopáticos sin declaraciones de propiedades terapéuticas”.

Asimismo, destacan que en la norma se especifica “qué información puede emplearse para anunciar dichos productos” y no permite “el uso de información relativa a su eficacia clínica”. Finalmente, recuerdan que “compete al Estado miembro supervisar que la publicidad de los medicamentos sea conforme a la legislación” y que los países “siguen teniendo libertad para adoptar acciones a escala nacional con el fin de incrementar la concienciación en torno a las características específicas de los medicamentos homeopáticos”.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído