El BOE publica la inclusión de ocho nuevas sustancias a la lista de psicotrópicos

Tras ponerla en audiencia pública, el Ministerio de Sanidad publica en el BOE la orden con la que se adaptan varias decisiones de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas.

El BOE publica la inclusión de ocho nuevas sustancias a la lista de psicotrópicos.
El BOE publica la inclusión de ocho nuevas sustancias a la lista de psicotrópicos.
CS
20 julio 2018 | 12:56 h

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una orden del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social por la que se incluyen ocho nuevas sustancias en el listado de sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, regulado en España mediante el Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre.

Esta orden supone la adaptación a la legislación española de varias decisiones adoptadas por la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas, el pasado 16 de marzo de 2017, con las que se incorporaron estas sustancias a la Lista II del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 de Naciones Unidas.

Sanidad confirma que actualmente "no existen medicamentos autorizados en España que contengan ninguna de estas sustancias en su composición"

Fue en el mes de abril cuando el Ministerio de Sanidad puso en audiencia e información pública esta norma para que los organismos públicos y las personas particulares enviaran sus aportaciones. El departamento sanitario destacaba que se incluirían tanto estos componentes “como sus variantes estereoquímicas, racematos y sales, siéndoles de aplicación, las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que integran dicha lista de control”.

SUSTANCIAS QUE SE INCLUYEN

En concreto, los componentes que se incorporan a la lista son los siguientes: 4-metiletcatinona (4-MEC), etilona, pentedrona, etilfenidato, metiopropamina (MPA), MDMB-CHMICA, 5F-APINACA (5F-AKB-48) y XLR-11. La orden incide en que debido a “los riesgos sanitarios que plantea el consumo de estas sustancias y de que carecen de utilidad terapéutica establecida o reconocida, es necesario aplicar a las mismas unas medidas de control proporcionales a los riesgos que generan para la salud”.

A pesar de ello, desde Sanidad apuntan que, actualmente, “no existen medicamentos autorizados en España que contengan ninguna de estas sustancias en su composición”. Como suele ser habitual, la orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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