Sanidad estima un mínimo de 62 empleados para la Agencia Estatal de Salud Pública

El anteproyecto de ley recoge la obligación de las instituciones y organismos del sector público y privado de “suministrar los datos necesarios” para que la AESAP pueda evaluar el estado de salud de la población.

Sede del Ministerio de Sanidad (Foto: ConSalud)
Sede del Ministerio de Sanidad (Foto: ConSalud)

El Ministerio de Sanidad ha iniciado el trámite de audiencia e información pública del Anteproyecto de Ley por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP). De esta forma, hasta el 9 de septiembre podrá recibir las aportaciones de cuantas entidades así lo consideran. Asimismo, ha publicado el texto propuesto, que además de las particularidades ya conocidas, añade otras precisiones.

Una de las novedades que incluye es el impacto presupuestario previsto. Para el capítulo 1 sobre gastosdepersonal estiman un coste de más de 9 millones de euros, de los que 2,8 millones de euros supondría la integración en la Agencia de 49 puestos de trabajo procedentes del MinisteriodeSanidad y 13 puestos del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), es decir, 62. A su vez, contemplan crear nuevas plazas “tanto para las nuevas funciones a desarrollar como para atender las funciones horizontales”.

Tanto el sector público como el privado suministrarán “los datos necesarios” para que la AESAP pueda evaluar el estado de salud de la población

En el trámite previo se destacaba que se dotaría con “personal de la más alta capacitación científico-técnica en las distintas áreas y materias” con el propósito de convertirla en una institución “de excelencia”. Ahora, se ha añadido que el régimen de personal podrá ser “funcionario, estatutario o laboral”, definiendo cuatro tipos de profesionales.

Por un lado, el personal “que esté ocupando puestos de trabajo” en la AESAP en el momento de su constitución. También, el personal “que se incorpore desde cualquier administración pública por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo” que se establezcan en los estatutos y en los planes iniciales y anuales de actuación, y el personal “seleccionado por la AESAP”. Finalmente, se acogerá a personal “directivo”.

LA SANIDAD PRIVADA APORTARÁ INFORMACIÓN

También es novedad la inclusión del artículo 7, relativo a la “obligación del suministro de datos”. En él se indican cuáles son las instituciones o los sectores que deberán aportar información a la AESAP con el fin de que se pueda cumplir con los objetivos previstos de preparar al SNS, prevenir, detectar y dar respuesta rápida a las amenazas para la salud que surjan.

En este sentido, según especifica, “todas las administraciones públicas, instituciones y organismos del sector público y privado, así como las personas físicas o jurídicas estarán obligadas a suministrar los datos necesarios para llevar a cabo el cumplimiento de los fines” previstos. De forma especial, para “evaluar el estado de salud de la población, realizar las funciones de seguimiento y vigilancia en salud pública, la detección precoz y la evaluación de riesgos para la salud”.

El Ejecutivo se ha marcado un plazo de seis meses “desde la aprobación de la Ley” para sacar adelante el estatuto de la Agencia

Estos datos se establecerán “en la normativa de desarrollo”, pero de acuerdo “con el Esquema nacional de seguridad y el Esquema Nacional de interoperabilidad, así como la normativa aplicable al sector sanitario elaborada por la Oficina de Dato de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, en lo que pudiera afectar al establecimiento de requisitos de interoperabilidad transversales entre espacios de datos de la AGE”.

Por otro lado, también dicho artículo apunta a que estos mismos actores deberán suministrar “la información necesaria para evaluar el estado de preparación del Sistema Nacional de Salud y del sector sanitario privado ante emergencias en salud pública”.

ESTATUTO Y ÓRGANOS QUE LA INTEGRARÁN

Al margen de este apunto, la futura Ley informa sobre aspectos que ya se habían dado a conocer.  Por ejemplo, que la futura institución “quedará adscrita orgánicamente al Ministerio de Sanidad a través de la Secretaría de Estado de Sanidad”. Sin embargo, la AESAP contará “personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión”.

De esta forma, estará en el mismo nivel orgánico que otras instituciones sanitarias como la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) o la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), entre otros.

Por otro lado, el Ejecutivo se ha marcado un plazo de seis meses “desde la aprobación de la Ley” para sacar adelante el estatuto de la Agencia mediante un Real Decreto que será propuesto tanto por el Ministerio de Sanidad como por el de Hacienda y Función Pública. En él, precisan, “se determinarán los órganos, centros y servicios de la Administración General del Estado que quedarán integrados en ella”.

La Agencia estará controlada a nivel interno por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y a nivel externo por el Tribunal de Cuentas

A falta de conocer dichos estatutos, lo que sí se da por hecho es que la AESAP absorba al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES). Dirigido por el Fernando Simón, es un centro dependiente de la Dirección General de Salud Pública y ha sido el encargado, hasta ahora, de gestionar las alertas en salud pública como la Covid-19 o la viruela del mono, en la actualidad, o el ébola o la gripe aviar en años anteriores.

¿CÓMO SE FINANCIARÁ? ¿QUÉ CONTROL TENDRÁ?

Otro aspecto relevante que tiene que concretarse es el régimen económico, financiero y patrimonial de la AESAP. Sobre este asunto, por ahora se conoce que tendrá transferencias consignadas en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). De hecho, ya cuenta con una primera partida asignada de 9,45 millones de euros, como así quedó aprobada en los PGE de 2022.

Asimismo, se especifica que “los créditos que podrían ser necesarios en términos anuales” para hacer frente a las necesidades de la Agencia “tendrán que ser asumidos por las disponibilidades presupuestarias con las que cuente el Ministerio de Sanidad en los PGE una vez creada la Agencia, prevista para 2023”.

Junto a dicha asignación económica, Sanidad ha avanzado que sus recursos económicos estarán constituidos por: “ingresos propios; la enajenación de los bienes y derechos que constituyan su patrimonio; las aportaciones voluntarias; los ingresos recibidos de personas físicas o jurídicas como consecuencia del patrocinio de actividades o instalaciones; tasas u otros ingresos públicos procedentes de su actividad; los demás ingresos de derecho público o privado que esté autorizada a percibir; las aportaciones procedentes de fondos comunitarios; y cualquier otro recurso que pueda serle atribuido”.

Por otro lado, en relación al régimen de contabilidad y el control económico-financiero, se ha definido que el control interno de su gestión le corresponderá a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el cual se realizará “bajo las modalidades de control financiero permanente y de auditoría pública”. Además, el Tribunal de Cuentas se encargará del “control externo”.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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