CESM: "Las soluciones adoptadas para los empleados públicos no valdrán para los médicos"

El titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, ha suscrito con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el acuerdo sobre el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas.

Gabriel del Pozo, secretario general de CESM. (Foto. CESM)
Gabriel del Pozo, secretario general de CESM. (Foto. CESM)
CS
7 julio 2021 | 13:00 h

El titular del Ministerio de Política Territorial y Función PúblicaMiquel Iceta, ha suscrito con los sindicatos CC.OOUGT y CSIF el acuerdo sobre el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, que ha aprobado el Consejo de Ministros este martes a través de un Real Decreto-ley.

Las reacciones no se han hecho esperar. A juicio de Pepe Álvarez, secretario general de UGT, es muy importante que el Ejecutivo vaya a dictar normas para que las Administraciones no puedan contratar a interinos "sin orden ni concierto", así como que se haya pactado abrir un proceso de negociación colectiva en septiembre en el que se debatirán las retribuciones de los empleados públicos para 2022.

CCOO ha señalado como un "hito" que se marque indemnización, a razón de 20 días por año trabajado, para todo el personal interino que esté en una plaza objeto de estabilización, aunque no supere el proceso, y la posibilidad de quedar nuevamente en bolsa

CCOO, por su parte, ha señalado como un "hito" que se marque indemnización, a razón de 20 días por año trabajado, para todo el personal interino que esté en una plaza objeto de estabilización, aunque no supere el proceso, y la posibilidad de quedar nuevamente en bolsa.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) añade que el acuerdo ofrece seguridad jurídica, respetando los principios constitucionales de acceso al empleo público, si bien se autoriza una tasa adicional para la estabilización del personal temporal y, por primera vez en la historia de las ofertas de empleo público, se valorará la experiencia adquirida en el puesto, hasta un 40% en el cómputo global.

UN AÑO PARA ADAPTARLO AL SECTOR SANITARIO

No obstante, la reforma del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) se aplicará únicamente al sector de administración general de las administraciones públicas, otorgándose el plazo de un año para su adaptación a los servicios de salud. Si transcurrido el plazo de un año no se adaptara la legislación específica en dichos ámbitos, lo dispuesto en el TREBEP se aplicaría a dicho personal.

A juicio de la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM), la solución que se pueda dar a los empleados públicos para solucionar los "flagrantes abusos de temporalidad" de la Administración Pública no valdrán para los médicos, que a la necesidad de estabilización del profesional une la demanda de una asistencia sanitaria con "recursos humanos cada vez más menguados". En España hay hospitales donde el 25% de las plazas de médico están desiertas por la falta de candidatos y comunidades con cientos de plazas de médicos de Familia desiertas.

Por otro lado, CESM considera que el aumento de otras categorías profesionales tampoco va a solucionar el problema, aun cuando la contratación de las mismas y su estabilización puedan ser necesarias. La disminución del porcentaje de médicos con respecto a las demás categorías que está sufriendo el SNS por la dificultad de encontrar facultativos que quieran trabajar en las condiciones que ofrece el sistema público no va a solucionar las listas de esperani el colapso crónico de Atención Primaria y de muchas otras especialidades.

Hasta la fecha, han sido varios los intentos de solucionar la alta tasa de temporalidad en sanidad, pero se han producido sin continuidad en el tiempo, por lo que el problema se prolonga y se cronifica

A esto hay que añadir, continúan desde CESM, que la fragmentación del SNS en 17 servicios de salud más Ingesa agrava más el problema, puesto que existen grandes diferencias en la cadencia de las ofertas públicas de empleo para médicos, de los concursos de traslados y en la resolución de los mismos.

Por otra parte, la legislación española y la europea ya establecían los límites de la temporalidad, y definían claramente cuándo y para qué se debían utilizar los contratos temporales, y por cuánto tiempo se debían de mantener, lo que no ha sido óbice para que se hayan obviado estos términos por carecer la Administración de sanción alguna en caso de incumplimiento.

Hasta la fecha, han sido varios los intentos de solucionar la alta tasa de temporalidad en sanidad, pero se han producido sin continuidad en el tiempo, por lo que el problema se prolonga y se cronifica.

Por todo lo anterior, desde CESM se considera que cualquier solución que se quiera dar a la temporalidad tendrá que contemplar, en el caso de los médicos, la singularidad de una profesión en déficit creciente y la particularidad de las distintas comunidades autónomas, con tasas de temporalidad muy diferentes y con la situación especialmente grave de los puestos de difícil cobertura.

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