El Supremo reafirma que las elecciones al Colegio de Enfermería de Murcia de 2016 fueron nulas

El Alto Tribunal rechaza un nuevo recurso de casación planteado por Amelia Corominas y el resto de su equipo, presentes en la actualidad en el Colegio de Enfermería de Murcia.

Fachada del Tribunal Supremo
Fachada del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a confirmar el cierre del proceso judicial iniciado a consecuencia de las irregularidades cometidas en las elecciones de 2016 al Colegio de Enfermería de Murcia ratificando, por segunda vez consecutiva, su "plena nulidad" por vulneración de los derechos de los colegiados.

Se trata del segundo pronunciamiento judicial que hace el Supremo en esta causa, dando respuesta a un recurso de casación que interpusieron, de forma particular, Amelia Corominas y parte de su equipo. Al igual que ocurriera con su primer pronunciamiento dictado el pasado mes de julio, el Alto Tribunal confirma las resoluciones dictadas en su momento por el Consejo General de Enfermería (CGE) con el único objetivo de restablecer los derechos de las enfermeras murcianas.

La sentencias también han avalado el nombramiento por parte del CGE de una Junta de Edad para convocar elecciones con plenas garantías de legalidad y transparencia

El Supremo rechaza los argumentos jurídicos de Corominas y del resto de su equipo asegurando que "no se ha fundamentado" que concurran ni uno solo de "los supuestos que permiten apreciar el interés casacional objetivo" y, por tanto, ni siquiera merecen "la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo". Como consecuencia de ello, el Tribunal Supremo condena a pagar todas las costas judiciales del proceso y 1.000 euros a cada recurrente.

Los dos recursos de casación interpuestos ya desestimados por el Supremo fueron interpuestos para tratar de evitar el cumplimento de sendas sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ Madrid) que declararon nulas las elecciones celebradas por dicha institución en 2016. La sentencias también han avalado el nombramiento por parte del CGE de una Junta de Edad para convocar elecciones con plenas garantías de legalidad y transparencia.

La providencia del Supremo supone, asimismo, que la Junta de Edad designada por el Consejo General de Enfermería de España es la que puede y debe ocupar los cargos colegiales y ostentar con ello la representación del Colegio de Murcia.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído