La Enfermería no podrá vacunar de la gripe sin la prescripción individualizada del médico

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco tumba la instrucción de Osakidetza que instaba a los profesionales de la Enfermería a vacunar sin necesidad de una prescripción médica, algo que prohíbe el Real Decreto de prescripción enfermera de 2015.

La Enfermería no podrá vacunar de la gripe sin la prescripción individualizada del médico
La Enfermería no podrá vacunar de la gripe sin la prescripción individualizada del médico
CS
27 julio 2017 | 13:26 h
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco ha dictado una sentencia por la que confirma la suspensión de la Instrucción del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) de mayo de 2016, que tenía objetivo de obligar a los enfermeros vascos a vacunar a la población sin necesidad de exigir una prescripción médica previa individualizada, una premisa contraria al Real Decreto de prescripción enfermera de 2015.

La Mesa de la Profesión Enfermera recuerda que ya había advertido de que el Real Decreto de prescripción convertía en “ilegal” actuaciones cotidianas de los profesionales “que garantizan el correcto y normal funcionamiento del sistema sanitario”
Según informa el Consejo General de Enfermería (CGE), esta sentencia viene a refrendar un anterior auto, dictado en noviembre de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Victoria-Gasteiz, que acordaba la suspensión cautelar de la instrucción de Osakidetza.

En dicha instrucción, la Consejería de Sanidad determinaba que los profesionales de la Enfermería tenían la obligación de vacunar a los pacientes sin necesidad de exigir una prescripción médica individualizada de cada vacuna. Para ello, basaba sus argumentos en que el calendario vacunal o las campañas de vacunación se derivaban de una decisión adoptada por la autoridad sanitaria en materia de Salud Pública.

APLICABLE A OTRAS AUTONOMÍAS

“Cabe recordar que el Gobierno Vasco no es el único que ha hecho valer dichos argumentos para obligar a los enfermeros a vacunar: este tipo de Instrucción ha sido replicadas en prácticamente todas las Comunidades Autónomas con idéntica justificación y los argumentos han sido replicados por los consejeros de Sanidad de toda España y la Secretaría General del Ministerio de Sanidad, entre otras autoridades”, señala el CGE.

Ante esta sentencia, la Mesa de la Profesión Enfermera (integrada por el CGE y por el Sindicato de Enfermería, Satse), muestra su satisfacción porque la Justicia refrende lo que ya venía advirtiendo desde la aprobación en diciembre de 2015 del Real Decreto de prescripción enfermera: “los cambios en el texto, introducidos a espaldas de la Enfermería, han tenido efectos perversos para el normal funcionamiento del sistema sanitario convirtiendo en “ilegales” actuaciones cotidianas que garantizan el correcto y normal funcionamiento del sistema sanitario y la colaboración entre los distintos profesionales”, señala.

VALORACIÓN PREVIA DEL MÉDICO

Las entidades enfermeras alertan de que, al poner en marcha lo dispuesto por el Tribunal, los usuarios del Sistema de Salud tendrán que ser previamente valorados por el médico para que los enfermeros puedan administrar una vacuna, “lo que va a acentuar, aún más si cabe, los problemas en la atención sanitaria hacia ciudadanos y pacientes, dado que, por otro lado, no se puede inducir a los profesionales, ya sean enfermeros o médicos, a mantener una actitud que provoque su inseguridad jurídica por acción o por omisión respectivamente”.

Por otro lado, la Mesa asegura seguir trabajando con la profesión médica y sus legítimos representantes, y con el Ministerio de Sanidad, en el seno del Foro de las Profesiones Sanitarias de dicho ministerio, para resolver la situación.

Asimismo, ha enviado cartas a la Ministra de Sanidad y a los Consejeros de Sanidad de las Comunidades Autónomas, informando de la sentencia y sus consecuencias, “y sigue ofreciendo a todas las partes su mejor disponibilidad para, de forma dialogada y consensuada, alcanzar el necesario acuerdo que restablezca la normalidad, garantizando la seguridad de los pacientes y tratando de evitar innecesarios conflictos interprofesionales”.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
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