El borrador del RD de especialidades médicas ya está en manos de las CC.AA.

Fuentes de varias administraciones sanitarias autonómicas han confirmado a ConSalud.es que les han hecho llegar desde el Ministerio de Sanidad el borrador de Real Decreto de especialidades.

Sede del Ministerio de Sanidad, con las banderas de las comunidades autónomas ante la celebración del Consejo Interterritorial. (Foto. ConSalud)
Sede del Ministerio de Sanidad, con las banderas de las comunidades autónomas ante la celebración del Consejo Interterritorial. (Foto. ConSalud)

El borrador del real decreto de especialidades médicas ya está listo y, tal y como han indicado fuentes de varias administraciones sanitarias autonómicas a ConSalud.es, puesto a disposición de las comunidades autónomas. Será abordado en la Comisión de Recursos Humanos prevista para el próximo lunes, 29, de julio, en donde también se tratarán los cambios previstos en los exámenes MIR, EIR, PIR y del resto de las pruebas de formación sanitaria especializada.

 Así, tal y como anunció ConSalud.es si todo marcha bien y no se producen retrasos está previsto que a finales de este año esté terminado y listo para su aprobación el Real Decreto sobre especialidades que prepara el Ministerio de Sanidad. Esta norma sentará las bases de un nuevo modelo de Formación Sanitaria Especializada (FSE) y establecerá los criterios que deben cumplir las nuevas especialidades para incorporarse al sistema de FSE.

Se trata de un real decreto con el equipo de Carcedo pretende incorporar nuevas especialidades a la Formación Sanitaria Especializada. Este nuevo marco legal establecería una serie de requisitos "objetivos" que las especialidades médicas deberán cumplir para poder incorporarse al sistema de FSE.

Establece cinco requisitos imprescindibles para la creación de nuevas especialidades médicas

Según el documento al que ha tenido acceso este diario, entre los requisitos (un total de cinco) para la creación de nuevas especialidades estarían la "alta demanda asistencial de especial trascendencia social no suficientemente resuelta por las especialidades ya existentes”. Además, este borrador establece que se podrá crear una nueva especialidad cuando “haya podido propiciar la aparición de un campo de la ciencia de la salud que actualmente no se encuentre cubierto por ninguna de las especialidades existentes” o cuando “la evolución científica y técnica en dicho campo pudiera aconsejar la incorporación de una nueva especialización profesional al sistema sanitario”.

Finalmente, se exige “un impacto positivo en la calidad asistencial, medida en términos de resultados en salud y en la gestión clínica de los centros sanitarios”y que esta nueva especialidad médica “resulte viable desde el punto de vista económico-presupuestario”.

OTRAS PREMISAS DEL REAL DECRETO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS

El documento establece cómo será el proceso para aprobar una nueva especialidad médica. La normativa fija que las sociedad científicas que soliciten la creación de un nuevo área de la salud dentro de la FSE deberán presentar una instancia, posteriormente la Dirección General de Ordenación Profesional tendrá 30 días para aceptar o rechazar la propuesta.

En caso de obtener el 'ok', pasará por la Comisión Nacional de Especialidades, el Comité consultivo del Consejo Interterritorial, el Ministerio de Ciencia e Innovación y a la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud. Estos cinco organismos deberán dar una respuesta a esta solicitud aunque se recoge que sus conclusiones “no tendrán carácter vinculante”.

Una vez superados todos los trámites previos, el último paso lo dará el Gobierno, ya que será el Consejo de Ministros quien aprobará la nueva especialidad médica vía real decreto.

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