El Supremo duda de que la experiencia MIR en la privada cuente en la sanidad pública

El Alto Tribunal asegura que emitirá una sentencia para aclarar si el médico que trabaja en la sanidad pública tras hacer el MIR en un centro privado tiene derecho o no a que se le reconozca la etapa formativa como tiempo de trabajo.

El Supremo no se marca un plazo fijo para aclarar si la experiencia MIR en la privada debe contar en la sanidad pública
El Supremo no se marca un plazo fijo para aclarar si la experiencia MIR en la privada debe contar en la sanidad pública
CS
18 octubre 2017 | 00:00 h
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El Tribunal Supremo tiene la intención de dictar una doctrina en los próximos meses para hasta 13 recursos de casación interpuestos ante el Alto Tribunal en materia sanitaria, según un informe de este organismo. Entre estos asuntos, la institución tendrá que aclarar si la experiencia como MIR en una entidad privada debe o no contar como tiempo de trabajo a la hora de que se le reconozcan trienios en la sanidad pública.

Concretamente, la duda del Supremo surge a raíz de un recurso de casación interpuesto por el Servicio Andaluz de Salud (SAS), después de que un tribunal de Almería diera la razón a una profesional que denunció que la administración andaluza la estaba discriminando por denegarle el reconocimiento de la experiencia laboral del MIR que realizó en la Clínica Universitaria de Navarra, de carácter privada, a la hora de pagarle los trienios correspondientes al trabajo realizado durante estos años de formación.

El hecho de que el médico elija por voluntad propia hacer el MIR en la privada, podría ser un argumento válido para que no se le reconozca este tiempo de trabajo cuando pase a trabajar en la sanidad pública

Ahora, y atendiendo a los argumentos esgrimidos por e SAS, el Supremo se pregunta si el período MIR desarrollado en una entidad asistencial privada, como la Clínica Universitaria de Navarra, que ha suscrito un convenio o concierto con la Administración Pública para poder ofrecer esta formación, ha de considerarse como un servicio prestado "en la esfera de una Administración Pública", de manera que, aunque el sanitario posteriormente trabaje en la sanidad pública tiene derecho a que se le reconozca este tiempo trabajado en la privada o sí, por el contrario no debe ser así.

Para ello, el Alto Tribunal recuerda que la naturaleza jurídico-privada de estos centros privados y el carácter voluntario de la elección de los mismos por parte de los médicos para realizar allí su etapa MIR, pueden impedir que se reconozca este período como tiempo trabajado para la administración pública.

De esta forma, el Supremo tiene pendiente emitir una sentencia para marcar una doctrina clara sobre este aspecto, aunque, según declara en su informe, su tramitación se realizará “de forma simultánea al resto de asuntos pendientes”, por lo que no se marca un plazo fijo para su aclaración.

TRABAJO EN OTRA CATEGORÍA PROFESIONAL

Entre otros temas que también tiene pendiente de revisión, el Supremo señala varios recursos de casación que le llevan a cuestionar, también en materia sanitaria, si los profesionales que han estado un tiempo trabajando en una categoría estatutaria superior a la de su plaza fija, tienen derecho a cobrar trienios con el valor de esa categoría superior o han de hacerlo con el valor correspondiente a la de su plaza.

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