No es una sentencia firme, por lo que puede ser recurrida en un plazo de 30 días
Dichas subvenciones fueron recurridas por la Abogacía del Estado, y ahora el TSJCV le ha dado la razón. No obstante, la sentencia puede ser recurrida ante el TSJCV o el Supremo en un plazo de 30 días.Por su parte, la Consejería de Sanidad valenciana garantiza que las ayudas frente al copago farmacéutico y ortoprotésico están plenamente vigentes pese a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad.
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