“Si una persona llega a un acuerdo con su médico para la falsificación del documento, tendrían culpabilidad las dos partes”
Si bien, según explica a Consalud.es Gabriel González, abogado del despacho Lex Abogacía, en los casos en los que se demostrara que un particular ha falsificado un parte médico, ya sea para no dar un concierto, para no acudir a trabajar a su empresa o por cualquier otra razón, las consecuencias legales serían tanto civiles como penales, pudiendo conllevar incluso penas de cárcel de entre seis meses y tres años.“Un parte médico de un hospital es un documento público, y según el artículo 392 del Código Penal el particular que falsifique un documento público u oficial puede ser castigado con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses”, señala el abogado, quien recuerda que a nivel económico, la empresa denunciante podría reclamar costes, por ejemplo, de haber suspendido un concierto.
CUANDO EL MÉDICO PARTICIPA EN LA FALSIFICACIÓN
Por otro lado, en el caso de que el médico llegue a un acuerdo con el particular para la firma de un parte sanitario que no se corresponda con la realidad, González señala que el artículo 390 del Código Penal también señala penas para la autoridad pública (como son considerados los médicos) que en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad. En este caso, las penas podrían ser de tres a seis años de cárcel e inhabilitación especial para el funcionario. “Si la persona llega a un acuerdo con el médico para la falsificación del documento, tendrían culpabilidad las dos partes”, señala el experto.
En lo que respecta a la investigación abierta en Castilla y León por el parte de Bustamante, la Gerencia del Hospital Clínico de Valladolid ha solicitado el inicio de una información reservada para aclarar lo sucedido y las consecuencias que puedan derivarse de ello.