En 1996, el Colegio de Médicos de Barcelona inhabilitó a un médico por fomentar la nueva medicina germánica. Sin embargo, actualmente sigue ejerciendo la profesión y fomentando las mismas terapias
Como señala a Consalud.es Javier de la Peña, socio director del despacho Lex Abogacía, aunque los colegios de médicos inhabiliten a los facultativos para ejercer su profesión, esta decisión puede ser recurrida ante los tribunales de Justicia, de forma que “la inhabilitación no tiene un efecto instantáneo”, ya que hasta que los tribunales no emitan una sentencia, el profesional podrá seguir trabajando.“Lo que sí pueden hacer los Colegios es denunciar el caso directamente a los tribunales y personarse como parte interesada. Pero desde que el colegio inicia el procedimiento hasta que la inhabilitación pueda hacerse efectiva, pueden pasar bastante años”, añade el experto, que insiste en que la inhabilitación dependerá, en suma, de lo que digan los tribunales.
En todo caso, aunque se condene el médico a una pena de inhabilitación de varios años (en función de la gravedad de su caso), estas penas no suelen ser a perpetuidad, por lo que, pasado el período de inhabilitación, el médico podrá seguir ejerciendo y, por tanto, seguir recomendando pseudociencias o tratamientos alternativos sin aval científico.
EL CASO DE VICENTE HERRERA
De hecho, el propio Colegio de Médicos de Barcelona recuerda que 1996 ya inhabilitó a un médico, Vicente Herrera Adell, por recomendar a una paciente que abandonara un tratamiento quimioterápico y radioterápico indicado para el cáncer que sufría, basándose en las teorías propugnadas por el método de la Nueva Medicina Germánica. Un expediente que se “confirmó judicialmente” en 2001. Hoy día, sin embargo, este médico sigue apareciendo como colegiado en activo en el registro de colegiados de la Organización Médica Colegial (OMC), y sigue fomentando en susredes sociales las terapias pseudocientíficas por las que fue condenado.
Por otro lado, algunas pólizas de seguro de responsabilidad civil podrían llegar a cubrir económicamente el período de inhabilitación del médico, como ocurre en condenas donde al médico se le impide seguir ejerciendo su profesión por una negligencia médica. No obstante, De la Peña entiende que en casos de condena por abuso de las pseudociencias lo normal sería que la aseguradora no cubriera al médico, ya que se trata de un caso más grave.
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