La devolución incluye a todo el personal que desde 2012 se haya trasladado a otra administración, haya promocionado internamente o haya finalizado la relación de servicio
Según informa el sindicato CSIF, el pasado 31 de diciembre de 2016 se publicó el Decreto 140/2016 que regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de 2016. Y, en su artículo 8, queda regulada la recuperación de la parte de paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012. El restante de la paga, por su parte, ya se devolvió a lo largo de 2016 y 2015.De esta forma, los empleados públicos percibirán en la próxima nómina del mes de enero el último plazo de la parte proporcional de la paga extraordinaria que se dejó de percibir. “Aquellos empleados públicos que hayan finalizado la relación laboral o se encuentren en situación de excedencia, deberán rellenar una solicitud previa al centro gestor al que hubiera correspondido abonar la paga en diciembre de 2012”, añade el sindicato.
Esta devolución también incluye a todo el personal que desde esa fecha (diciembre de 2012) haya concursado a otra Administración, que haya promocionado como funcionario o estatutario (procesos de promoción interna o estatutarización), o que haya finalizado la relación de servicio.
La paga extraordinaria de 2012 fue suprimida a raíz de un Real Decreto estatal que incluía otras medidas como el aumento de la jornada laboral de los sanitarios hasta las 37,5 horas semanales.
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