Lifeblood pone patas arriba el concurso de hemodiálisis de Canarias

Si el fallo se convierte en firme el gobierno canario tendrá que anular la orden que apartó a la empresa del concurso y, o bien volver a convocar la licitación o indemnizar a la compañía.

Diálisis, qué es y cuales son los tratamientos (Foto.Freepik)
Diálisis, qué es y cuales son los tratamientos (Foto.Freepik)
Salud35
11 abril 2018 | 15:55 h

Lifeblood ha ganado la batalla que un día le apartó del concurso de hemodiálisis de Canarias. Y es que, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la orden de la Consejería de Sanidad de 2011 por la que se dejó a la compañía fuera del concurso para prestar los servicios de hemodiálisis en el Hospital Universitario de Gran Canaria y en el Doctor Molina Orosa de Lanzarote.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ya había examinado este asunto en 2015 y entonces avaló las razones por las que el gobierno canario había dejado a Lifeblood fuera de ese concurso.

En síntesis, según ha informado Efe, Sanidad entendió que la propia Lifeblood había decidido renunciar ya que le había enviado un escrito en el que pedía que el concurso, entonces en marcha, “fuera sustituido por otro sin sospecha alguna para librarse de las injurias que estaban causando un desprestigio a su empresa”.

El Supremo consideró que ese escrito de Lifeblood no conllevaba su renuncia y ordenó al TSJC a dictar nueva sentencia

Sin embargo, el Supremo consideró después que ese escrito de Lifeblood no conllevaba su renuncia a participar en el concurso y ordenó al TSJC retomar el expediente y dictar una nueva sentencia.

El TSJC ha cumplido ahora ese mandato y ha obligado al gobierno a retrotraer ese expediente de contratación pública al momento previo a que la mesa de contratación formulara su propuesta de adjudicación.

La sentencia, sobre la que cabe recurso, obliga a la administración regional a anular la orden que apartó a Lifeblood del procedimiento y, o bien volver a convocar la licitación y resolverla en los términos que procedan en derecho, o bien declarar que el fallo es de imposible cumplimiento y optar por la vía de la indemnización para restablecer a la empresa en sus derechos.

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