Condena multimillonaria al SAS por las secuelas ocasionadas por una extubación accidental

La paciente, una menor de edad, tiene daño cerebral causado por la falta de oxígeno que le ocasiono por una extubación sufrida en el Hospital Materno Infantil de Málaga

CS
19 febrero 2019 | 12:10 h
Fachada principal del Hospital de Málaga donde ocurrieron los hechos por los que ha sido condenado el SAS
Fachada principal del Hospital de Málaga donde ocurrieron los hechos por los que ha sido condenado el SAS

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Málaga ha dictado sentencia que estima totalmente la demanda presentada por los servicios jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, y condena al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar a una familia por los daños causados a su hija menor de edad con la cantidad de 1.236.000 Euros, por la extubación sufrida en el Hospital y daño cerebral causado por falta de oxígeno.

En febrero de 2011, la menor ingresó en el Hospital Materno Infantil de Málaga, por un cuadro de neumonía e insuficiencia respiratoria. Tras pasar dos días en planta de pediatría con mala evolución, y al serle diagnostica además gripe A, neumonía bacteriana e insuficiencia respiratoria aguda, se la trasladó a la UCI pediátrica donde se decidió su intubación hasta que la medicación hiciera efecto y mejoraran sus problemas respiratorios, manteniéndola sedada para evitar que tuviera molestias o se moviera.

Los hechos ocurrieron en el Hospital Materno Infantil de Málaga

En la demanda se destaca la demora en su ingreso en la UCI pediátrica. Durante los días que la menor permaneció en la UCI, los facultativos aconsejaron a sus padres que no se quedaran con su hija durante la noche, que así descansaría mejor ya que de todas formas estaría sedada.

Sin embargo, una noche de madrugada se les comunicó que su hija había sufrido una parada cardíaca tras una extubación accidental. En un primer momento y a la llegada de los padres a UCI un médico les informó que la parada había sido larga, de entre 15 a 30 minutos.

Se reclamó por una evidente negligencia médica, ya que durante la parada cardiaca la facultativa de UCI intentó con dificultad volver a intubar a la menor sin conseguirlo, por lo que tuvo que avisar al anestesista de guardia, que tardó en llegar, permaneciendo mientras tanto con “ventilación no invasiva, con incapacidad para mantener esfuerzo respiratorio adecuado y presentando OVAS con desaturación…”.

Destacar que en ningún momento se les dio a los padres una explicación clara sobre el motivo por el que se produjo la extubación, si estaba o no sedada o cuánto tiempo exacto duró la parada cardíaca y el por qué no estaba convenientemente vigilada y supervisada y por qué no supieron actuar con más diligencia.

El abogado durante el juicio también denunció otra nueva negligencia médica, ya que al permanecer en la planta de pediatría, agravaron más la situación de la menor con la colocación inadecuada, por parte de una enfermera, de una sonda nasogástrica, por lugar inadecuado, comenzando a tener dificultad para respirar, y tras la administración por dicha sonda de alimentación junto con la medicación, los padres se percataron de que la medicación no pasaba por la sonda, por lo que fue retirada por si estaba obstruida, comenzando en ese momento a expulsar un líquido lechoso por la traqueotomía parecido a la alimentación enteral que se le administraba.

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