Cantabria aprueba la nueva Ley del Juego que extiende las medidas de prevención a la sanidad

Las medidas de prevención y protección se extienden a todos los ámbitos de la sociedad, con iniciativas no sólo en materia de juego, sino también en el resto de sectores que pudieran resultar afectados, como la sanidad

La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viaña, en el Parlamento (Foto: Miguel López)
La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viaña, en el Parlamento (Foto: Miguel López)
Blanca Mas
13 junio 2022 | 17:30 h

El Parlamento regional de Cantabria ha aprobado la nueva Ley del Juego, impulsada desde el Gobierno autonómico, y que pone el foco en sus repercusiones sociales, en la protección de los colectivos más vulnerables y garantiza una mejor ordenación del sector.

La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández, ha defendido la norma, en la que “hay ámbitos que ganan”, como son las personas vulnerables al juego patológico, los menores de edad, la seguridad pública y los empresarios del sector, y otros “que pierden”, en referencia “al marketing sin escrúpulos, el fraude y la publicidad engañosa”, que se endurece en la ley.

En su opinión, se trata de una “buena ley”, al conseguir un “equilibrio” y una “conciliación” entre las expectativas de un sector económico, que aporta puestos de trabajo y un tipo de ocio que tiene presencia en todo el mundo, con medidas de prevención para las personas más vulnerables.

Las medidas de prevención y protección se extienden a todos los ámbitos de la sociedad, con iniciativas no sólo en materia de juego, sino también en el resto de sectores que pudieran resultar afectados: la sanidad, la educación, la juventud, políticas municipales

Así lo ha expuesto durante su intervención en la Cámara regional, en la que también ha enmarcado este instrumento  en las medidas de juego responsable iniciadas en 2018 y que incluyó el establecimiento del primer régimen de distancias entre salones de juego, así como con centros educativos y unidades de salud mental, “uno de los más restrictivos del país”, ha subrayado Fernández Viaña, así como la implantación de un servicio de admisión obligatorio, que es “la mejor medida de prevención” frente al acceso de los menores y personas con problemática de juego patológico.

Tras valorar la participación de todos los agentes implicados en el sector del juego, la consejera de Presidencia ha explicado que la ley incorpora en sus 66 artículos dos tipos de regulación diferenciada: unas reglas que garantizan las racionalización del sector y la seguridad jurídica en las relaciones entre participantes en los juegos y organizadores, ya existente en la normativa aprobada en 2006, a lo que se añaden ahora novedosas medidas de juego responsable, medidas preventivas y de protección a colectivos vulnerables, que es “el elemento vertebrador” de la ley.

Así, entre otras novedades, este instrumento normativo limita la publicidad del juego y establece unos principios “claros y contundentes”, en palabras de la consejera de Presidencia. Así, establece la identificación de las comunicaciones comerciales y del anunciante, el principio de veracidad y de juego seguro y, de especial relevancia, el principio de protección de menores de edad. Igualmente, se pone de manifiesto la estrecha relación entre la presencia mediática y la frecuencia de juego en los adolescentes, así como del efecto de la publicidad en los medios de comunicación y la expansión de espacios de juego.

Se establecen límites cuantitativos en lo referido al número máximo de autorizaciones y establecimientos de juego, así como en la fijación de un régimen de distancias mínimas, entre los establecimientos entre sí, así como en relación con centros educativos y unidades de salud mental

Por eso, contempla los requisitos necesarios que la publicidad ha de cumplir para una selección consciente de actividades de juego, así como la necesaria comunicación previa de cualquier actividad que suponga la realización de actividades publicitarias, promociones y comunicaciones comerciales.

Por otro lado, se establecen, por primera vez, medidas de prevención del juego patológico, dirigidas a la población en general, y, en especial, a la protección de las personas usuarias, con especial interés, de nuevo, en la protección de los menores de edad y de las personas vulnerables a las conductas patológicas.

Así, las medidas de prevención y protección se extienden a todos los ámbitos de la sociedad, con iniciativas no sólo en materia de juego, sino también en el resto de sectores que pudieran resultar afectados: la sanidad, la educación, la juventud, políticas municipales, así como entidades del tercer sector que traten problemas de adicción.

Se crea un nuevo Consejo Técnico de Coordinación y Seguimiento de las Medidas de Prevención, en la que tendrán cabida representantes de todos los sectores implicados, así como personas de reconocida competencia profesional o científica, cuando así lo requiera la naturaleza de los asuntos a tratar.  

LÍMITES AL CRECIMIENTO DEL SECTOR

En lo que se refiere a la planificación, se contemplan medidas encaminadas a la promoción del juego responsable y se establecen límites cuantitativos en lo referido al número máximo de autorizaciones y establecimientos de juego, así como en la fijación de un régimen de distancias mínimas, entre los establecimientos entre sí, así como en relación con centros educativos y unidades de salud mental.

Respecto a los órganos competentes en materia de juego, se regula la Comisión de Juego de Cantabria, como órgano colegiado de carácter consultivo, encargado del estudio y asesoramiento en materia de juego.  

Se regula nuevo régimen sancionador que, con el fin de preservar el espíritu de la ley, ofrece una protección más intensa a las personas menores de edad y colectivos especialmente vulnerables

Por último, se regula nuevo régimen sancionador que, con el fin de preservar el espíritu de la ley, ofrece una protección más intensa a las personas menores de edad y colectivos especialmente vulnerables.

Como novedad, se establece el carácter finalista de la recaudación de las sanciones, de tal manera que su destino sea la investigación, prevención y asistencia al juego patológico. Asimismo, se recalifican los distintos tipos de infracciones, y se revisan las cuantías de las sanciones, estableciéndose un régimen sancionador acorde y proporcional con los objetivos planteados por la norma.

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