Castilla-La Mancha regula el uso de Desfibriladores Automatizados DEA

El nuevo decreto que regula el uso del desfibrilador y su registro en Castilla-La Mancha cuenta los requisitos para la instalación y uso de desbriladores externos automatizados.

Catilla La Mancha detalla en el nuevo decreto la instalación, registro, mantenimiento, formación y entidades acreditadas para dar cursos de RCP y uso del desfibrilador
Catilla La Mancha detalla en el nuevo decreto la instalación, registro, mantenimiento, formación y entidades acreditadas para dar cursos de RCP y uso del desfibrilador

En el nuevo decreto que regula el uso del desfibrilador y su registro en Castilla-La Mancha se detalla sobre la instalación, registro del desfibrilador, su mantenimiento, la formación y también habla sobre las entidades acreditadas para dar cursos de RCP y uso del desfibrilador.

El desfibrilador tiene que estar visible, correctamente señalizado de fácil acceso para que pueda todo el público. Aquí no vale poner cualquier cartel, es obligatorio contar con la señalitica oficial y presentar el algoritmo de la RCP. Además se ha de contar con personal formado en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y uso del Desfibrilador y un mínimo de material junto al desfibrilador ( Dispositivo barrera para la ventilación boca a boca y maquinilla rasurada con cuchilla desechable)

Los desfibriladores tienen que estar comunicados al servicio de emergencias 112, es decir, contar con un servicio de telefonía integrado o no al desfibrilador. Esta medida ya ha sido implementada por la Comunidad de Madrid

El mantenimiento también es importante ya que hay que llevar un control de caducidades, parches, baterías y que todo funcione correctamente.

 Las personas físicas o jurídicas responsables de entidades, públicas o privadas, que deseen instalar un DEA deberán informar a la Direcciones Provinciales de la Consejería competente en materia. Para ello hay varias vías la tradicional o la telemática, hay que rellenar un formulario en el que se escriba el nombre y el domicilio de dónde se va a instalar desfibrilador, dónde se encuentra, la marca, modelo y el número de serie el distribuidor.  

PERSONAS AUTORIZADAS FUERA DEL ÁMBITO SANITARIO

Están autorizados para utilizar el desfibrilador todos los que sean personal sanitario: médico, enfermero, técnico sanitario y  todos los que hayan realizado el curso de RCP y uso del desfibrilador.  

Las personas que no sean sanitarias deben realizar el curso de soporte vital básico y uso de desfibrilador mediante una academia homologada en dicha comunidad. Las personas que realicen el cursos de soporte vital básico y uso del desfibrilador tienen que reciclarse cada 2 años. Pueden subvencionar los cursos a través de la FUNDAE. En última instancia si no se encuentra nadie formado en RCP tras llamar al 112 podrán utilizarlo.

Es muy importante tener registrados los desfibriladores ya que si sabemos donde se encuentran podremos actuar de una forma más rápida ante una parada cardíaca 

Tras utilizar el desfibrilador hay que enviar los datos registrados en la memoria del DEA a Sanidad, para ello hay un plazo máximo de 7 días.  Cómo hemos comentado  en otros apartados, los desfibriladores guardan un registro de la actividad eléctrica del corazón en el momento de la parada cardíaca.

Es muy importante tener registrados los desfibriladores, ya que estos conocimientos estarán en manos del Servicio de Emergencias, voluntariados de Protección Civil y primeros intervinientes de seguridad ciudadana como Policía y Guardia Civil.  Hay que tener en cuenta que si sabemos dónde se encuentran los desfibriladores podremos actuar de una forma más rápida ante una parada cardíaca.

PLAZO PARA CUMPLIR CON LA NUEVA REGULACIÓN

Los espacios públicos y privados que ya dispongan de un desfibrilador registrados deberán adecuarse a los requisitos previstos en este decreto en el plazo de doce meses, a partir de la entrada en vigor del mismo. 

Las personas físicas o jurídicas responsables de la gestión o explotación de aquellos espacios o lugares, que a la entrada en vigor del presente decreto ya dispongan de un desfibrilador instalado, pero no registrado, deberán comunicar dicha instalación al Registro de entidades no sanitarias con Desfibriladores Externos Automatizados, en el plazo de seis meses contados desde la entrada en vigor de este decreto. 

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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