Condenado el Hospital del Mar por negligencia médica en una operación de vesícula

Según recoge la condena, durante la intervención, a la paciente se le perforó indebidamente la vía biliar y el duodeno.

La negligencia médica en la operación de vesícula que causó daños a la paciente ocurrió en el Hospital del Mar, Barcelona.
La negligencia médica en la operación de vesícula que causó daños a la paciente ocurrió en el Hospital del Mar, Barcelona.
Agencia EFE
13 diciembre 2017 | 14:55 h
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El juzgado de primera instancia número 25 de Barcelona ha emitido una condena a la aseguradora del Instituto Catalán de la Salud (ICS) en la que le obliga a indemnizar a una paciente con la cifra de 119.867 euros, por los daños sufridos tras una intervención que consistía en colocar una prótesis biliar, lo que le produjo una perforación en el duodeno. Esto ha ocurrido en el Hospital del Mar, Barcelona.

Zúrich, la compañía aseguradora del ICS, ya ha recurrido esta sentencia en lo que se refiere a la fecha de inicio de los intereses de demora, según ha informado hoy la Asociación El Defensor del Paciente, cuyos letrados en Barcelona han defendido la figura de la afectada. Se trata de una mujer de 64 años, que fue diagnosticada en el dicho hospital de piedras en la vesícula, y se encontraba a la espera de una intervención.

La indemnización que el Hospital del Mar tiene que destinar a la paciente es de 119.867€

En ese centro sanitario fue sometida a finales de septiembre de 2011 a una prueba denominada ERCP (colangioprancreatografía) con la finalidad de eliminar las piedras de la vesícula. Sin embargo, el objetivo no se consiguió, por lo que el médico del Hospital del Mar optó por la colocación de una prótesis biliar de plástico en una intervención quirúrgica, programada para el 3 de octubre de 2011. En dicha operación fue cuando se le perforó indebidamente la vía biliar y el duodeno. Además de la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, el juez estima la petición de los intereses moratorios desde el alta hospitalaria de la paciente en julio de 2012, nueve meses después de la operación.

La sentencia reconoce que la perforación se debió a una deficiente técnica quirúrgica, al igual que a una negligente práctica médica en el postoperatorio. Los controles y pruebas analíticas y por la imagen no se llevaron a cabo con la periodicidad necesaria, y por lo tanto, se precisa en la sentencia. "En definitiva, el centro hospitalario y sus facultativos centraron su asistencia en una de las complicaciones típicas del ERCP como es la pancreatitis, obviando otra de las complicaciones posibles como es la perforación intestinal", argumenta el juez.

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