Extremadura contra la ludopatía: 300 metros entre los colegios y las casas de apuestas

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto-ley de medidas urgentes para el fomento del juego responsable en la Comunidad Autónoma de Extremadura

Guillermo Fernández Vara, presidente de Extremadura, durante la presentación del decreto ley que controlará el juego y las casas de apuestas
JUDITH ARRILLAGA
17 febrero 2019 | 00:00 h

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un Decreto-Ley de medidas urgentes para el fomento del juego responsable en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que modifica la Ley del Juego de 1998 y que responde al mandato de la Asamblea de Extremadura sobre esta materia.

La aprobación de este decreto-ley, ha señalado Guillermo Fernández Vara, presidente de la Junta de Extremadura, está motivada por la proliferación de sistemas de apuestas deportivas online, el incremento de establecimientos de juego y la consiguiente alarma social ante el riesgo de conductas adictivas, sobre todo en menores y colectivos vulnerables.

Está motivado por la proliferación de sistemas de apuestas deportivas online y el incremento de establecimientos de juego

Asimismo, el presidente ha indicado que los objetivos del decreto-ley son promover la protección de los sectores más vulnerables, especialmente de los menores, los jóvenes y adolescentes; evitar hábitos y conductas patológicas; garantizar la defensa de los consumidores; ponderar las repercusiones sociales, económicas y tributarias del juego; y reducir, diversificar y no fomentar el hábito de juego.

Gracias al Decreto-Ley se establece que entre los establecimientos y los centros públicos y privados de educación tiene que haber una distancia mínima de 300 metros de puerta a puerta. Además, la distancia mínima entre establecimientos, en los núcleos urbanos, será de 250 metros.

Esta iniciativa, ha añadido el presidente, prohibirá el acceso al juego a menores de edad; personas inscritas en el Registro de Limitaciones de Acceso (que voluntariamente soliciten su inscripción); directivos y accionistas de las propias empresas de juego; colectivos implicados en acontecimientos deportivos sobre los que se realice la apuesta; y funcionarios que ejerzan funciones de control e inspección.

Solo las empresas con autoridad administrativa podrán poder publicidad de apuestas

El nuevo texto normativo establece un régimen de sanciones cuya recaudación revertirá en asistencia y demás actuaciones en esta materia. También establece la obligación de un control de admisión en la entrada y otorga la función de inspección, vigilancia y control a la consejería competente en esta materia, que es la de Hacienda y Administración Pública, y a la Policía Local la función de autoridad en esta materia.

Por lo que respecta a la publicidad, ésta debe estar regulada por norma estatal, en base a la Constitución, y respetar la protección de menores. Solo la podrán realizar empresas que cuenten con autorización administrativa y no podrá contener imágenes sexistas, xenófobas o discriminatorias.

Además, deberá cumplir con los principios del juego responsable y advertir de que la práctica de juego puede producir ludopatía, así como promover los mecanismos de prohibición en equipaciones, instalaciones, patrocinio o similares de todo tipo de apuestas deportivas.

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