La Rioja unifica el sistema de información de sus centros hospitalarios y regula la historia clínica

El objetivo es alcanzar la integración de la historia clínica electrónica (HCE) con un único número de historia hospitalaria para cada ciudadano

Hospitales de San Pedro y de Calahorra. (Seris)
Hospitales de San Pedro y de Calahorra. (Seris)
Javier Leunda, redactor ConSalud.es
8 marzo 2024 | 14:55 h

El Servicio Riojano de Salud (SERIS) ha comenzado la unificación del sistema de información de sus centros hospitalarios. Para ello, los responsables de los hospitales San Pedro (Logroño) y de Calahorra han celebrado las primeras reuniones entre el personal de admisión, informática y equipo funcional Selene. El objetivo es alcanzar la integración de la historia clínica electrónica (HCE) con un único número de historia hospitalaria para cada ciudadano. Según ha explicado el Ejecutivo, si hasta ahora existían dos entornos Selene Atención Hospitalaria (Hospital San Pedro y Hospital de Calahorra), con este proyecto se crea un único entorno. Pasará a denominarse Raquel, en memoria de Raquel Lahoz, primera coordinadora del equipo funcional Selene e impulsora del arranque de la historia clínica electrónica en La Rioja.

Este proyecto de unificación incluye la homogeneización de circuitos funcionales, la racionalización de sistemas, y la identificación única de los pacientes del ámbito hospitalario, independientemente de las instalaciones donde sea atendido. De esta forma, habrá una homogeneización de procesos, estandarización de circuitos informáticos, unificación de catálogos (los repositorios de pruebas serán únicos), objetos clínicos comunes (la información se almacenará de igual modo en los dos centros, solo un único informe de alta, indicadores únicos sin duplicidades, etcétera).

Incluye una facilidad de uso de la herramienta por parte de los usuarios y mejora en la explotación de la información de la HCE

Además, un identificador único mejorará la seguridad del paciente, acceso a su información completa por parte del profesional y facilitará la gestión asistencial a la organización de Salud. Incluye una facilidad de uso de la herramienta por parte de los usuarios y mejora en la explotación de la información de la HCE; se facilitará en gran medida la integración con Selene AP; y se producirá una simplificación de la plataforma hardware actual.

DECRETO PARA LA HISTORIA CLÍNICA

Por otra parte, el Consejo de Gobierno aprobó recientemente el proyecto de decreto que regula la Historia Clínica. No en vano, La Rioja carecía de un desarrollo normativo en materia de historia clínica, lo que hacía necesaria la aprobación de una disposición de carácter general que se configurará como el elemento vertebrador para vincular a todos los centros y servicios de la región cuando deban acceder a la misma.

La nueva norma permite regular los diferentes accesos y usos de la documentación contenida en la historia clínica, dotando de seguridad jurídica a los nuevos profesionales que lo requieran para realizar su trabajo

En este sentido, la nueva norma permite regular los diferentes accesos y usos de la documentación contenida en la historia clínica, dotando de seguridad jurídica a los nuevos profesionales que lo requieran para realizar su trabajo. Además, para la elaboración de la norma se ha buscado la más amplia participación ciudadana, así como la opinión de los colegios oficiales sanitarios, las asociaciones médicas, de pacientes y de consumidores, las empresas del sector, el Consejo Riojano de Salud y el Consejo Riojano de Consumo.

Recientemente, se ha dado acceso a la historia clínica a los médicos de las residencias de personas mayores y a los forenses el Instituto de Medicina Legal. Asimismo, se ha constituido la Comisión de Seguridad y Acceso a la Historia Clínica como un órgano de trabajo encargado de evaluar los sistemas de custodia y la protección de los datos contenidos, así como de procurar la pertinencia de los accesos a las mismas.

El paciente o usuario tiene derecho de acceso a la información contenida en la historia clínica y a obtener copia de los informes o datos que figuran en la misma, acreditando su identidad o a través de un representante. En el caso de pacientes fallecidos, se facilita el acceso a la información contenida en su historia clínica electrónica a las personas vinculadas a los mismos, por razones familiares o de hecho, excepto que el paciente lo prohibiera expresamente y así se acredite.

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