El País Vasco abre el plazo para las ayudas en la adherencia a tratamientos médicos

La medida, cuyo plazo de presentación está abierto hasta el 10 de diciembre, pretende garantizar que ninguna persona deje de tomar la medicación prescrita por motivos económicos

Ingesta de medicamentos. (Foto: Freepik)
Ingesta de medicamentos. (Foto: Freepik)
CS
4 abril 2024 | 10:05 h

El Gobierno Vasco ha abierto el plazo de solicitud de ayudas para asegurar la adherencia a los tratamientos médicos y garantizar así que ninguna persona cese en el consumo de su medicación prescrita por motivos económicos. Una vez la Orden de la Consejera de Salud, Gotzone Sagardui, fue publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el pasado 26 de marzo, y ahora el plazo para la presentación de las solicitudes queda abierto hasta el próximo 10 de diciembre.

Esta iniciativa del Ejecutivo vasco se enmarca en su rechazo firmeal copago farmacéutico, siendo la primera comunidad autónoma española en adoptar medidas de compensación destinadas a personas con rentas bajas y grupos desfavorecidos (pensionistas, personas desempleadas, personas inmigrantes en situación irregular…), para garantizar que ninguna persona dejase de tomar la medicación prescrita por motivos económicos. En este caso, la convocatoria actual es la correspondiente al periodo de gasto comprendido, en el ejercicio 2023, entre el 1 de diciembre y el 31 de diciembre de 2023; y, en el ejercicio 2024, desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2024.

Desde el inicio de estas ayudas, que llevan ya doce años consecutivos concediéndose, han sido más de 798.000 las solicitudes tramitadas por el Gobierno Vasco, por un importe superior a los 43,6 millones de euros

Desde el inicio de estas ayudas, que llevan ya doce años consecutivos concediéndose, han sido más de 798.000 las solicitudes tramitadas por el Gobierno Vasco, por un importe superior a los 43,6 millones de euros. El pasado año 2023, el Gobierno Vasco destinó un total de 2.114.448 euros a las personas beneficiarias de las ayudas correspondientes al segundo plazo de la convocatoria de 2022 y al primer plazo de la convocatoria de 2023. Conviene recordar que en 2021 se aumentó el número de colectivos que quedan exentos de pago en farmacia.

El Departamento de Salud recomienda la tramitación de la petición a través de internet o de manera presencial en las delegaciones territoriales del Departamento de Salud, en los centros de salud de Osakidetza/Servicio Vasco de Salud y en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana-Zuzenean. Si bien, el abono de las ayudas no se hará en función del orden de presentación.

En concreto, serán beneficiarias de estas ayudas:

  • Las personas pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, que cuenten con unos ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
  • Las personas en situación legal de desempleo y sus beneficiarios, con ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
  • Las personas que perciban la renta de garantía de ingresos en su modalidad de renta complementaria de ingresos de trabajo y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
  • Y las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en el Estado español que ostenten el correspondiente documento acreditativo de reconocimiento de ese derecho expedido por la Comunidad Autónoma de Euskadi.

De esta manera, existen dos modalidades de solicitud: la simplificada, dirigida principalmente a personas con tarjeta TIS que hayan realizado gastos farmacéuticos en farmacias de Euskadi, y la ordinaria, dirigida a personas con tarjeta TIS que hayan realizado gastos farmacéuticos en farmacias de fuera de Euskadi, así como a mutualistas de MUFACE, MUGEJU e ISFAS. Además, las ayudas solicitadas se abonarán en dos plazos (en el tercer trimestre de 2024 y en el primer trimestre de 2025) si la solicitud fuera entregada con anterioridad al 10 de junio de 2024. Si la solicitud se entrega con posterioridad al 10 de junio de 2024, se realizará un único pago en el primer trimestre de 2025.

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