¿Un sistema como el 'home delivery' tiene viabilidad legal?

Adrián Carriedo, abogado de Lex Abogacía explica desde el punto de vista jurídico como podría implantarse un modelo de envío de medicamentos a domicilio como el ideado por Alliance Healthcare

Para aplicar un sistema como el 'home delivery' de Alliance Healthcare, el Sistema Nacional de Salud (SNS) deberá resolver antes varias incógnitas a nivel legal.
Para aplicar un sistema como el 'home delivery' de Alliance Healthcare, el Sistema Nacional de Salud (SNS) deberá resolver antes varias incógnitas a nivel legal.
NACHO CORTÉS
10 diciembre 2018 | 00:00 h

Las grandes incógnitas sobre el home delivery de Alliance Healthcare están, principalmente, en todo el entramado legal que sería necesario para implantarlo en España. Este diario se ha puesto en contacto con el abogado Adrián Carriedo​, de Lex Abogacía, para conocer con más detalle el contexto en el que se podría desarrollar esta iniciativa y si tiene o no viabilidad legal.

"Los hospitales pueden dispensar medicamentos de uso hospitalario. Son aquellos que se deben prescribir en el centro sanitario, la administración se debe realizar allí y debe ser controlada por la farmacia hospitalaria", asegura Adrián Carriedo.

"Siempre y cuando las farmacias hospitalarias no comiencen a dispensar aquellos medicamentos que puedan hacerlo las farmacias a pie de calle no habrá conflicto competencial"

El problema existente radica en los fármacos de diagnóstico hospitalario. Se emplean para el tratamiento de patologías diagnosticadas en el hospital yse deben dispensar bajo prescripción médica, pero pueden serlo también en las oficinas de farmacia. "Siempre y cuando las farmacias hospitalarias no comiencen a dispensar aquellos medicamentos que puedan hacerlo las farmacias a pie de calle no habrá conflicto competencial", especifica este abogado.

DELIMITACIÓN DEL MARCO LEGAL

Los medicamentos hospitalarios son aquellos que por sus especiales condiciones únicamente pueden dar en un entorno hospitalario. En este sentido, la legislación española delimita claramente cuáles fármacos se pueden dispensar fuera del establecimiento de las farmacias comunitarias. Pero no es así con la farmacia hospitalaria.

"La distribución de los medicamentos se debe realizar con empresas autorizadas para ello. Actualmente se hace a centros estipulados y farmacias comunitarias. Pero en la dispensación de fármacos, estaba excluída la distribución al público. Se trataría de que una distribuidora farmacéutica dé un servicio público. Para implantar este modelo hay que delimitar los fármacos que se pueden dispensar, si lo hace la farmacia comunitaria o la hospitalaria, que vinculación tienen las empresas del sector...", argumenta este jurista.

"Llevar la dispensacion de fármacos a la mera entrega del producto puede ser peligroso"

La dispensación de medicamentos no solo conlleva la entrega del fármaco. El farmacéutico, que es una persona con conocimientos técnicos en la materia, realiza un control del paciente. "Llevar la dispensacion de fármacos a la mera entrega del producto puede ser peligroso. Para implantar este modelo lo primero que se tiene que hacer es establecer unos criterios médicos predefinidos. Es decir, que clase de medicamentos se van a dispensar, qué tipo de pacientes y con qué objetivos", insiste Adrián Carriedo, de Lex Abogacía.

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GARANTÍAS NECESARIAS

Donde se está centrando el foco para la posible implantación del envío a domicilio de medicamentos es en los pacientes crónicos estabilizados. Por lo cual, se tienen que establecer unos criterios para el control del paciente a nivel clínico y farmacológico. "Hay que proporcionar un marco legalpara que la venta de medicamentos que no están sujetos a prescripción médica puedan ser vendidos con garantías sanitarias", señala este abogado.

Carriedo especifica varias cuestiones que han de tenerse en cuenta para poder implantar este tipo de sistemas: la confidencialidad de los datos personales por parte de la empresa farmacéutica; garantizar que la dispensación domiciliaria no supone el fin de la atención farmacéutica; que el paciente pueda seguir una serie de indicaciones facultativas mediante consultas periódicas con el servicio de farmacia hospitalaria y los médicos que lo prescriben; que la distribución de esos fármacos se hace de una forma correcta, la conservación de la medicación durante todo el proceso de envío.

"Se tiene que evitar a toda costa una mercantilización de los servicios farmacológicos, que es una pieza más del sistema sanitario", destaca.

Las incógnitas que se plantean a nivel legal son muy diversas: ¿quién va asumir el coste?, ¿cómo se designa a una empresa privada que está realizando un servicio público?, ¿qué fármacos se pueden dispensar? y ¿qué tipo de farmacias lo pueden hacer? Las respuestas a todas estas preguntas serán claves para sentar las bases para la implantación de un modelo así.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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