Coronavirus: Los ayuntamientos activan sanciones por no respetar las restricciones sanitarias

Adrián Carriedo, abogado del despacho Lex Abogacia, explica en ConSalud.es las medidas que está adoptando la Administración frente a aquellos individuos que no acatan las directrices que exponen los especialistas en salud pública.

Un agente del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), en las inmediaciones de un aeropuerto canario (Foto: Policía Nacional)
Un agente del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), en las inmediaciones de un aeropuerto canario (Foto: Policía Nacional)

"Los casos en investigación deben ser aislados a la espera de los resultados de las pruebas diagnósticas". Así detalla el 'Procedimiento de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2)' , documento publicado el Ministerio de Sanidad, los pasos a seguir por parte de los profesionales sanitarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) a la hora de combatir la Covid-19.

No obstante, no todos los ciudadanos están acatando las directrices que exponen los especialistas en vigilancia epidemiológica y salud pública. Buena prueba de ello son las tres turistas italianas que debían mantenerse en cuarentena en su vivienda vacacional de Gran Canaria tras conocer que una cuarta compañera había dado positivo en las pruebas.

"En algunas localidades, de común acuerdo con la Administración sanitaria, están creando ordenanzas municipales que establecen sanciones para aquellos que infrinjan unas normas que se elaboran en un marco de excepción"

La Guardia Civil interceptó a las mujeres en la sala de embarque del aeropuerto insular, cuando se disponían a tomar un vuelo con destino Bérgamo (Italia). Horas después, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias anunciaba que las tres sospechosas también se habían contagiado.

Con el propósito de conocer las consecuencias a las que se podrían enfrentar los agentes implicados, ConSalud.es ha charlado con Adrián Carriedo, abogado de Lex Abogacia, despacho especialista en Derecho Sanitario. "En algunas localidades, de común acuerdo con la Administración sanitaria, están creando ordenanzas municipales que establecen sanciones para aquellos que infrinjan unas normas que se elaboran en un marco de excepción", sostiene el jurista.

En conversación telefónica, Carriedo aclara que no existe en el Código Penal un tipo que refleje un delito concreto por no respetar cuarentenas o aislamientos. "Para que podamos aplicar la Ley Penal es necesario que se cumplan criterios previos, escritos y estrictos", apunta el representante de Lex Abogacía.

"Cuestión diferente sería si una conducta determinada de un individuo puede encajar con delitos existentes en el Código Penal, como el de desacato a la autoridad o contra la salud pública"

De este modo, continúa, "para que pueda existir una condena, el delito tiene que estar reconocido previamente a la comisión de los hechos". Asimismo, prosigue el especialista en Derecho Sanitario, el delito debe ser estricto, "no caben interpretaciones".

"Una cuestión diferente sería si una conducta determinada de un individuo puede encajar con delitos existentes en el Código Penal, como el de desacato a la autoridad o contra la salud pública", finaliza Adrián Carriedo, agregando que, en cualquier caso, es preciso estudiar el grado de las consecuencias de estas actitudes para concluir si pueden ser tipificadas como delito. 

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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