El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una orden del Ministerio de Sanidad por la que se prorroga la obligatoriedad de hacer cuarentena a los viajeros que procedan del sur de África para tratar de frenar la transmisión de la variante Ómicron del Covid-19. La nueva orden estará vigente desde las 00:00 horas del 13 de diciembre de 2021 hasta las 24:00 horas del 26 de diciembre.
Así, las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias, deberán hacer cuarentena. Además, se amplía a Malawi y Zambia.
Los viajeros deberán guardar cuarentena durante los 10 días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo
Según recoge la orden ministerial, los viajeros deberán guardar cuarentena durante los 10 días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo. Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) o PCR con resultado negativo.
Como anteriormente, quedan exceptuados de ello los pasajeros en tránsito que sean residentes, o sean titulares de visados de larga duración de países UE y Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, que se dirijan a ese país. También queda exceptuado el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
Desde el Ministerio de Sanidad se insiste a las agencias de viaje, operadores de turismo y compañías de transporte que informen debidamente a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español.
POR LA VARIANTE ÓMICRON
La medida viene justificada por la aparición de la nueva variante B.1.1.529 (ómicron) de SARS-CoV-2 en varios países del sur de África, y la activación del Dispositivo de Respuesta Política Integrada a las Crisis- IPCR, del Consejo de la Unión Europea, que ha concluido en la necesidad de que los Estados miembros activen el freno de emergencia e impongan urgentemente restricciones temporales a todos los viajeros que lleguen a la UE procedentes de estos países.
Entre las medidas contenidas en dicho freno de emergencia, se incluyen la realización de pruebas diagnósticas y la aplicación de cuarentena a todos los pasajeros procedentes de dichos países en consonancia con las previsiones contempladas en dicha Recomendación.