Rosell y Abidal podrían enfrentarse a una pena de seis a 12 años de prisión

Con el objetivo de conocer las consecuencias legales de la "compra de un hígado ilegal" por parte del expresidente del F.C. Barcelona, ConSalud.es ha charlado con Adrián Carriedo, abogado de Lex Abogacia, despacho especialista en Derecho Sanitario.

Sandro Rosell y Eric Abidal
Sandro Rosell y Eric Abidal
JUANJO CARRILLO CÓRDOBA
4 julio 2018 | 12:48 h

La noticia saltaba a primera hora de este miércoles. Según informa El Confidencial, el que fuera presidente del Fútbol Club Barcelona, Sandro Rosell, habría admitido hasta en cuatro llamadas telefónicas la "compra de un hígado ilegal" para el exdefensa blaugrana y actual secretario técnico del club, el francés Eric Abidal. Hay que recodar que el exfutbolista, de 38 años, fue sometido en 2012 a un trasplante en Barnaclínic-Hospital Clínic de Barcelona para combatir el cáncer que sufría.

Las citadas conversaciones, interceptadas por agentes de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), fueron remitidas a la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, quien optó por abrir una investigación al entender que los hechos acontecidos podían ser constitutivos de un presunto delito de tráfico de órganos.

"Si Abidal era plenamente consciente de que el órgano que iba a recibir había sido obtenido en el mercado ilegal, podría ser castigado con las mismas penas que las personas que han favorecido su transacción"

Con el objetivo de conocer las posibles consecuencias legales de este caso, ConSalud.es ha charlado con Adrián Carriedo, abogado de Lex Abogacia, despacho especialista en Derecho Sanitario. Tal y como explica el jurista, el Artículo 156 bis del Código Penal prevé condenas "muy similares" para todos aquellos que "promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten la obtención o el tráfico ilegal de órganos humanos".

"Se trata de castigar tanto a los individuos que compran el órgano en sí como a aquellos que favorecen ese tipo de transacciones ilegales", señala Carriedo. Un artículo que, además, "refleja penas también para el receptor", por lo que "si Abidal era plenamente consciente de que el órgano que iba a recibir había sido obtenido en el mercado ilegal, podría ser castigado con las mismas penas que las personas que han favorecido su transacción".

El Codigo Penal, prosigue el abogado, diferencia la pena entre un órgano principal y no principal. Por sus funciones vitales, el hígado es un órgano principal, con lo cual "la pena podría ir desde los seis a los 12 años de prisión", mientras que en el caso de uno no principal la condena "oscila entre los tres y los seis años", apunta Adrián Carriedo.

RESPONSABILIDAD DE LA PERSONA JURÍDICA

El especialista en Derecho Sanitario indica que, el punto tres del Artículo 156 bis, recoge que "la responsabilidad de la persona jurídica nace cuando el delito se comete en favor de ella". "Hay que valorar si la prevalencia o no de Eric Abidal ha traído algún tipo de rendimiento económico para el club, si hecho delictivo se ha cometido para favorecer a la institución o, simplemente, se trata de un favor personal", concluye Carriedo.

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