Interior deberá publicar las peticiones realizadas a Cataluña para vacunar a Policía y Guardia Civil

Tras la petición de una demandante, no contestada por Interior, el Consejo de Transparencia le insta a remitirle copia de los requerimientos hechos a Cataluña para que vacunara frente al Covid-19 a la Policía y la Guardia Civil.

Fernando Grande Marlaska, ministro del Interior (Foto: Pool Moncloa)
Fernando Grande Marlaska, ministro del Interior (Foto: Pool Moncloa)

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha emitido una resolución por la que insta al Ministerio del Interior a publicar las “comunicaciones, requerimientos o peticiones” realizadas al Departamento de Salud de Cataluña en las que solicitaba que vacunaran frente al Covid-19 a “los miembros de la GuardiaCivil y PolicíaNacional destinados en Cataluña”.

Este organismo da un máximo de 10 días hábiles para que el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska remita una copia de esta información a la persona reclamante, de la que se desconoce su identidad, y también al propio CTBG. De esta información deberá excluirse “aquellas partes que, en su caso, resulten afectadas por el secreto sumarial”, ya que el caso está judicializado.

Ante la solicitud de información presentada por una demandante, el Ministerio del Interior denegó este acceso argumentando que el caso estaba judicializado

Según los antecedentes, publicados en la resolución del CTBG a la que ha tenido acceso ConSalud.es, en abril de 2021 una persona solicitó al Ministerio del Interior conocer la información mencionada, después de que los sindicatos de profesionales de Guardia Civil y Policía en Cataluña denunciaran que estaban siendo discriminados por la Generalitat en el orden de vacunación, en favor de los Mossos d’Esquadra.

Ante esta petición, Interior no ofreció ninguna respuesta. Por ello, la demandante presentó una reclamación al Consejo de Transparencia para que actuara. En julio de 2021, el Ministerio denegó este acceso argumentando que el caso estaba judicializado. Cabe recordar que dos asociaciones de profesionales se querellaron contra AlbaVergés, por entonces consejera de Salud de Cataluña, y AdriàComella, exdirector del Servicio Catalán de Salud (CatSalut).

NUEVA PETICIÓN DE LA DEMANDANTE

Posteriormente, en agosto de 2021, el Consejo de Transparencia concedió audienciaa la reclamante para que presentase “las alegaciones que estimara pertinentes en defensa de su pretensión”.

A modo de resumen, esta persona defiende que “con la información aportada a este procedimiento, el acceso a la información pública solicitada no conculca en absoluto el principio de igualdad de las partes en los procesosjudiciales”.

En este sentido, alegaba que “si hay un proceso judicial abierto, sea contencioso administrativo o penal, lo habitual es que el órgano judicial garantice que la información existente relativa al caso, especialmente la que está en poder de la Administración, forme parte del expediente judicial y sea de este modo el órgano judicial quien garantice el acceso de las partes a la información del caso”.

El CTBG le pide a Interior una copia de la información, a excepción de "aquellas partes que, en su caso, resulten afectadas por el secreto sumarial"

Por su parte, en caso de que no mediara una declaración de secreto sumarial, “esta dinámica no excluye que, paralelamente al acceso de las partes al expediente judicial, cualquier persona pueda acceder también a la información pública que forma parte del mismo, solicitándola a la Administración que la tenga en su poder, si éste es el caso, y sin perjuicio de los límites que puedan concurrir”.

Por todo ello, la demandante concluía en que “lo que podría impedir la divulgación por la Administración de información incluida en un expediente judicial no es el principio de igualdad de las partes, que, tal como se acaba de comentar, tiene un carácter mucho más específico, sino que sea afectada de declaración de secreto sumarial, lo cual no consta ni se ha invocado en este caso”.

INTERIOR PODRÁ RECURRIR

Esta resolución del CBTG, que tiene fecha de 2 de febrero de 2022, pone fin a la vía administrativa. No obstante, el Ministerio del Interior podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

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