Un centenar de organizaciones reclaman una representación sindical real y democrática

La Plataforma EBEP 36.3. denuncia que las distintas administraciones públicas están aplicando una interpretación "errónea e interesada" del artículo 36.3. del EBEP.

Un instante de la protesta (Foto. CESM)
21 octubre 2021 | 17:27 h
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Un centenar de organizaciones sindicales que cuentan con más del 40% de la representación en las administraciones públicas de nuestro país han constituido la Plataforma EBEP 36.3. con el principal objetivo de acabar con el "actual monopolio sindical existente" en base a una interpretación "errónea y restrictiva" del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y que supone que miles de empleados públicos "no están representados de forma justa y democrática" en las Mesas Generales de Negociación estatal, autonómicas y locales.

En el acto de presentación, el portavoz de la plataforma, Jesús Santos, explicó que, en la actualidad y a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo de marzo del 2018,las distintas administraciones públicas están aplicando una interpretación  "errónea y desvirtuada" del artículo 36.3. del EBEP relativo a la constitución de las mesas de negociación en las administraciones y entidades públicas que "claramente" beneficia a los sindicatos CC.OO., UGT y CSIF.

Esta situación, apuntó, conlleva la exclusión sistemática de la participación en las Mesas Generales de Negociación de las Administraciones Públicas de otras organizaciones sindicales que obtienen en dichos ámbitos un respaldo electoral suficiente, y en muchos casos superior al obtenido por las organizaciones sindicales mencionadas, lo que supone "de facto" la exclusión de los legítimos representantes elegidos directamente por los empleados públicos en "beneficio de dichos sindicatos favorecidos, llegando en algunos casos al margen de la decisión de los electoresa la aberrante situación de entrar a formar parte de las mesas de negociación en algunas administraciones locales por imperativo legal y sin haber siquiera concurrido a las elecciones sindicales". 

"No se está garantizando la voluntad de los empleados públicos expresada libre y democráticamente en las urnas electorales sindicales para elegir a sus representantes en las mesas de negociación de sus condiciones laborales"

Según dijo, esta realidad "dificulta enormemente y de manera injusta" la acción sindical de las organizaciones profesionales y sectoriales, muy mayoritarias en algunas administraciones públicas, "abocándolas en la práctica a la desaparición a corto o medio plazo, del actual tejido sindical independiente ante la limitación de órganos de expresión y participación". "No se está garantizando la voluntad de los empleados públicos expresada libre y democráticamente en las urnas electorales sindicales para elegir a sus representantes en las mesas de negociación de sus condiciones laborales", añadió.

Asimismo, aseguró que esta situación va "totalmente en contra" de postulados que se están defendiendo en todos los ámbitos de una democracia más participativa, al reconocer una representación de los trabajadores en exclusiva a unas organizaciones sindicales mediante ley (o sentencia en este caso) al margen del apoyo real que las mismas tengan en los centros de trabajo. De esta forma, se está “empobreciendo” la representación, la participación y, por tanto, la calidad de los acuerdos que se puedan alcanzar en el ámbito de la negociación delas administraciones públicas, dijo.

Por ello, la Plataforma reclama la reforma del apartado tercero del artículo 36 del Estatuto Básico del Empleado Público al objeto de que se establezca que para la negociación de todas aquellas materias y condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de cada Administración Pública, las Mesas Generales que se constituyan lo hagan tomando en consideración los resultados obtenidos en el conjunto de las elecciones a los órganos de representación de los empleados públicos comprendidos en el correspondiente ámbito de negociación. De este modo, estarán representadas en estas Mesas Generaleslas organizaciones sindicales que hayan obtenido el 10 por 100 del total de representantes electos elegidos en el conjunto de los órganos de representación de personal funcionario, estatutario y laboral de la administración pública correspondiente.

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