Enfermería podría utilizar desfibriladores fuera del ámbito sanitario sin realizar curso

Así lo afirma el informe jurídico realizado por CECOVA sobre el uso de los DEA y DESA, que establece que enfermería los puede utilizar sin curso adicional o capacidad

CS
30 julio 2014 | 00:00 h
 Enfermería podría utilizar desfibriladores fuera del ámbito sanitario sin realizar curso
Enfermería podría utilizar desfibriladores fuera del ámbito sanitario sin realizar curso
Redacción | Madrid

El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA) y los colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia han elaborado un informe jurídico sobre el uso de desfibriladores por parte del personal de Enfermería fuera del ámbito sanitario. En el resuelven que los profesionales podrán utilizar dicho material sin necesidad de realizar curso alguno.

“Todo titulado o profesional de Enfermería puede usar los desfibriladores externos automáticos (DEA) y los desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) sin que le sea exigible la realización de ningún curso adicional o de capacidad”, afirma literalmente el texto.

Así el informe jurídico solicita actualizar el Decreto 220/2007, de 2 de noviembre, de la Consejería de la Comunidad Valenciana, por el que se regula la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no médico.

Aseguran desde CECOVA que el decreto “se ha quedado obsoleto y desfasado”, y, por ello, insta a “la correcta aplicación del Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario, al ser el único aplicable por tratarse de una materia reservada a las competencias del Estado”.

Recalcan en el documento que “la Enfermería no se le puede aplicar el citado Decreto autonómico 220/2007 por el hecho de que éste se refiera a “personal no médico”, sino que prevalece la norma estatal que se refiere a “personal no sanitario”.

El informe de la Asesoría Jurídica del CECOVA recomienda que “ante cualquier consulta de los colegiados, se les informe en este sentido, para que soliciten la correcta aplicación de la norma”.

CECOVA se ha dirigido a la Consejería de Sanidad para que “adecue cuanto antes la normativa autonómica para recoger la realidad competencial de Enfermería y que, mientras tanto, cumpla la norma estatal en sus debidos términos hasta que proceda a modificar la autonómica respetando aquella”.


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