Enfermería critica que el Cgcom pretenda "confundir" a los tribunales y a los profesionales

El Consejo General de Enfermería (CGE) se ha pronunciado acerca del auto dictado en el recurso contencioso-administrativo que el Cgcom ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería (CGE)
Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería (CGE)

El pasado 14 de diciembre, el Consejo General de Enfermería (CGE) publicaba la Resolución nº 19/2017, por la que se ordenan determinados aspectos del ejercicio enfermero en el ámbito de los cuidados corpoestéticos y de la prevención del envejecimiento.

La ordenación de la profesión es una función que tanto la Ley de Colegios Profesionales como los estatutos de la organización colegial atribuye al consejo en garantía de los derechos de los pacientes. Y en el ejercicio de esa función esencial, se han venido dictando a lo largo de los años diversas resoluciones que ordenan el ejercicio profesional enfermero en distintos ámbitos.

"Sorprende sobremanera que el Consejo General de Médicos ponga en duda la capacidad ordenadora que todos los consejos generales tienen reconocida por Ley y pretenda confundir a los tribunales, a los profesionales y a la sociedad en general​"

Distinta de la ordenación es la regulación profesional que corresponde, conforme establece el artículo 36 de la Constitución, al legislador estatal, y que actualmente está materializada en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de las profesiones sanitarias.

Por este motivo, el CGE ha manifestado que "sorprende sobremanera" que el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) "ponga en duda la capacidad ordenadora que todos los consejos generales tienen reconocida por Ley y pretenda confundir a los tribunales, a los profesionales y a la sociedad en general", acerca del contenido de la citada Resolución nº 19/2017 que, en modo alguno, "regula ni pretende regular el ejercicio profesional".

En este sentido, el auto dictado en el recurso contencioso-administrativo que el citado Cgcom ha presentado ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha decidido suspender cautelarmente la mencionada resolución sin entrar a analizar el fondo del asunto, valorando únicamente los intereses afectados. Habrá de ser por tanto la sentencia final la que decida la conformidad a derecho o no de la resolución.

"Respetando, como no puede ser de otra manera, la decisión de la Sala del TSJ de Madrid, no podemos compartir que la resolución regule ningún tipo de competencia profesional enfermera, ni tampoco que se suspenda la misma y no solamente los aspectos concretos cuestionados por la Organización Médica Colegial, manteniendo en todo caso la vigencia de las facultades ordenadoras que todo consejo general posee", apuntan.

"No puede haber invasión de competencias en el ámbito de la medicina estética porque no existe tal especialidad específica ni está regulada por la Ley, ni siquiera ordenada por la OMC"

Así mismo, la institución que preside Florentino Pérez Raya ha querido recordar que "no puede haber invasión de competencias en el ámbito de la medicina estética porque no existe tal especialidad específica ni está regulada por la Ley, ni siquiera ordenada por la OMC".

Por último, han señalado que en los próximos días los servicios jurídicos de la institución enfermera interpondrán el correspondiente recurso de reposición contra la suspensión cautelar. No obstante, cabe recordar que los consejos generales de médicos y enfermeros ya abrieron el pasado mes de febrero una plataforma de diálogo interprofesional donde los presidentes de ambas entidades se mostraron partidarios de buscar una solución pactada, al igual que se ha hecho ya con la prescripción enfermera.

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