La Asamblea aprueba el nuevo Código de Deontología de la Profesión Farmacéutica

Esta mañana se ha celebrado la Asamblea General de Colegios, donde finalmente se ha aprobado el nuevo Código de Deontología de la Profesión Farmacéutica.

La Asamblea General de Colegios Farmacéuticos ha aprobado el nuevo Código de Deontología de la Profesión Farmacéuticas
La Asamblea General de Colegios Farmacéuticos ha aprobado el nuevo Código de Deontología de la Profesión Farmacéuticas
CS
7 marzo 2018 | 17:01 h

Durante la celebración de la Asamblea General de Colegios, celebrada este miércoles, se ha llevado a cabo un debate que, finalmente, ha derivado en la aprobación del nuevo Código de Deontología de la Profesión Farmacéutica. El objetivo de este texto es complementar la normativa legal para garantizar la calidad en la atención y el mantenimiento de los principios éticos profesionales que la sociedad demanda a la profesión farmacéutica. Además recoge el compromiso de los farmacéuticos con la mejora de la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.

El presidente del Consejo General de Colegios Farmacéuticos, Jesús Aguilar, ha manifestado la “importancia de este documento, de este nuevo marco deontológico, adaptado a la realidad social y sanitaria, y que supone un ejercicio de Buen Gobierno y transparencia, en el marco de la Responsabilidad Social de la Profesión Farmacéutica”. Asimismo, ha resaltado el trabajo llevado a cabo durante dos años, “un proceso de participación y trabajo de toda la Organización Farmacéutica Colegial”.

El documento es de obligado cumplimiento para todos los farmacéuticos que ejercen la profesión en España, y ha sido debatido previamente en ocho reuniones de los miembros de la Organización Farmacéutica (plenos, asambleas, reuniones de presidentes y comisiones de coordinación autonómica). 

Respecto a la objeción de conciencia, se reconoce expresamente como derecho del farmacéutico, siempre que quede garantizado el derecho de los ciudadanos a la protección de su salud y de acceso a los medicamentos

Consta de catorce capítulos y 54 artículos en los que se recogen los principios generales del ejercicio; la actuación responsable e independiente del farmacéutico; las relaciones con los pacientes/usuarios; la calidad en la dispensación y otros servicios profesionales; la comunicación y el uso de las nuevas tecnologías en el ejercicio profesional; las relaciones entre farmacéuticos y con otros profesionales sanitarios; las relaciones con la sociedad y las administraciones públicas; con la organización farmacéutica colegial; y con las instituciones, centros o establecimientos donde desempeña la profesión. 

Asimismo, contempla principios éticos en otros cuatro capítulos en torno a la publicidad, la objeción de conciencia, la investigación y las publicaciones profesionales y la docencia. 

Respecto a la objeción de conciencia, se reconoce expresamente como derecho del farmacéutico, siempre que quede garantizado el derecho de los ciudadanos a la protección de su salud y de acceso a los medicamentos. El Código incluye también las pautas para garantizar la calidad de los Servicios Profesionales y el uso adecuado del historial farmacoterapéutico.

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