En su escrito, esta colegiada alude a ejemplos como cereales, galletas, salchichas, bebidas, pañales, compresas, leche o compuestos de omega-3 que llevan sellos de fundaciones y sociedades científicas. Considera que, más allá de lo que se anuncie, parece grave que se preste la imagen de médicos y sociedades científicas para avalar la superioridad y excelencia de determinados productos alimentarios o de marcas comerciales, "sin que se haya probado la base científica sobre la que se sustenta esta publicidad".
Tras poner de manifiesto que la publicidad médica ha de ser objetiva, prudente y veraz, de modo que no levante falsas esperanzas o propague conceptos infundados y precisar que es contrario a la ética hacer publicidad engañosa, encubierta o que se promocionen productos sin suficiente soporte científico, deja claro que la conducta de los médicos tiene que justificar la confianza que los pacientes y los ciudadanos depositan en él y en la profesión.
Por ello, estima que las instituciones, organizaciones y sociedades científico médicas no deberían avalar publicitariamente la bondad de ningún producto de consumo que no tenga evidencia científica probada. Para la CCD, todo ello va contra el prestigio de dichas entidades médicas en particular y de la profesión médica en general, además de vulnerar el Código Deontológico.
SOBRE LOS ANTIVACUNAS
Por otro lado, la comisión deontológica de la OMC también se pronuncia sobre los médicos que desaconsejen vacunaciones del calendario actual. En este sentido, considera que los profesionales sanitarios tienen "la obligación y la responsabilidad de recomendar la vacunación pediátrica". Por ello, considera que quienes lo desaconsejen actúan de manera “inadecuada y, en ocasiones, peligrosa”.
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