Los cardiólogos piden a Farmaindustria que no publique los pagos para la formación médica

La Sociedad Española de Cardiología (SEC) exige que sean las administraciones las que financien la formación continuada de los médicos y achaca a la patronal de la industria farmacéutica el hecho de que Hacienda exija ahora que se tributen las invitaciones que los facultativos reciben de los laboratorios.

CS
24 mayo 2017 | 16:51 h
Humberto Arnés (izquierda), director general de Farmaindustria y Andrés Iñiguez Romo (derecha), presidente de la Sociedad Española de Cardiología.
Humberto Arnés (izquierda), director general de Farmaindustria y Andrés Iñiguez Romo (derecha), presidente de la Sociedad Española de Cardiología.
La Sociedad Española de Cardiología (SEC) también se ha posicionado tras el informe de la Agencia Tributaria que establece que, a partir de ahora, los médicos tendrán que tributar las invitaciones que reciben de la industria farmacéutica relacionadas con gastos para su asistencia a congresos (pago de matrículas, manutención, transporte, etc.).

La SEC recuerda que los profesionales no pueden atender los gastos de su formación continuada “debido al bajo nivel de salarios existentes en la sanidad pública española en relación con los de otros países desarrollados”
En este sentido, la sociedad científica considera que es responsabilidad del empleador, que, para el Sistema Nacional de Salud, donde trabajan la gran mayoría de los médicos en España, es la administración sanitaria (el Gobierno de España a través del Ministerio de Sanidad, las Comunidades Autónomas o los Hospitales), la que ha de proporcionar los medios necesarios para promover las actividades formativas, tal y como recoge la Ley de garantías y uso racional del Medicamento.

Ante la dejación de funciones de las administraciones, “las sociedades científicas, depositarias del conocimiento médico, se han responsabilizado de la organización y realización de actividades formativas, como congresos, cursos, etc”. No obstante, “la organización de estos cursos y congresos conlleva un gasto económico importante”, por lo que la SEC recuerda que los propios profesionales no pueden atender a estos gastos, “debido al bajo nivel de salarios existentes en la sanidad pública española en relación con los de otros países desarrollados de nuestro entorno”.

En este contexto, ha sido la industria farmacéutica la que en su mayor parte ha contribuido a la financiación de estas actividades formativas. Una financiación que ahora tendrá que tributar por mandato de la Agencia Tributaria.

PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES

La SEC achaca a este cambio normativo de Hacienda a la decisión por parte de Farmaindustria, “unilateral y arbitraria”, de atribuir los gastos de formación a los médicos “como si fueran ingresos que no reciben en ningún caso”. Además, critica la iniciativa de la patronal de la industria de publicar los datos personales de los profesionales sanitarios sin su consentimiento, “incurriendo en un agravio a la intimidad y a los derechos individuales de los mismos”, por lo que le exige que elimine de su código ético el apartado que solicita la publicación individualizada y nominal de aportaciones en gastos de formación.

De tener que tributar los gastos que recibe para su formación, la sociedad científica está segura de que el médico reducirá su asistencia a actividades formativas, como los cursos y congresos médicos, organizados por las sociedades científicas, “poniendo en peligro su formación”. Por ello, espera una rectificación de Hacienda “de esta medida injusta y nociva para los profesionales y para los pacientes”.

CESM EXIGE DIFERENCIAR LOS PAGOS

Junto a la SEC, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) también ha defendido que sea la Administración la que pague y garantice la formación continuada de los profesionales y que esta formación se contemple dentro de la jornada laboral.

Con respecto a las aportaciones de la industria, la posición de CESM es que debe haber una diferenciación legal entre formación y otros pagos privados, quedando exento de tributación lo primero “porque el principal beneficiario de ello es el paciente, y por extensión, el sistema público de salud”, mientras que los pagos por actividades profesionales sí serían susceptible de tributarse.


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