La reforma del código penal de 2015 reduce las penas por agredir a médicos

Un estudio revela que el hecho de que algunos ya no se persigan de oficio o que las faltas se eliminen pasándose a la vía civil reduce en la práctica la carga punitiva de las agresiones a sanitarios.

Desde la reforma del Código Penal agredir a un médico se considera atentado contra la autoridad
7 noviembre 2017 | 00:00 h

Aunque le reforma del Código Penal de 2015 permitió el reconocimiento del delito de atentado contra la autoridad para las agresiones a sanitarios, en la práctica, la modificación de este código puede suponer que se reduzcan las penas judiciales ante determinados casos de agresiones.

Así lo revela un estudio publicado en la Revista Española de Medicina Legal, y realizado por miembros del Área de Medicina Legal y Forense de la Universidad de Valladolid. Dicho análisis especifica por ejemplo, que el hecho de que las llamadas “faltas” se eliminen del código penal (los tribunales solían calificar muchas agresiones como tales), pasándose a la vía civil o a llamarse “delitos leves”, reduce el poder coercitivo de la Justicia ante casos como injurias o vejaciones, ya que este ámbito es menos punitivo que el penal.

La necesidad de presentar la denuncia ante casos de lesiones menores supone “un obstáculo” para los profesionales, según el estudio

Por otro lado, las conclusiones de este estudio también remarcan que se perdió una oportunidad al prescindir, a la hora de modificar el Código Penal, de la necesidad de que la víctima necesite tratamiento médico para apreciar un delito de lesiones contra el agresor (incluso aunque a veces el agredido tarde en recuperarse más de un mes).

“Este criterio ha suscitado numerosos problemas interpretativos y podría haber sido sustituido por otro sistema de evaluación de la gravedad de las lesiones producidas, similar al que se utiliza en la valoración del daño corporal”, indica el estudio.

NECESIDAD DE DENUNCIAR

Además de ello, las lesiones de menor gravedad pasan ahora a ser perseguibles mediante necesaria denuncia de la persona agraviada, y no de oficio como se hacía antes. Esto supone, según cita el análisis, cuya primera firmante es Ana Isabel de Juan-Mazuelas, “un obstáculo más a lo que para muchos profesionales agredidos constituye una decisión difícil: denunciar la agresión”. Por ello, los autores consideran que lo lógico es que sea la propia administración o el empleador del sanitario el que denuncie directamente los casos de agresiones a la Justicia ya que, de lo contrario, en muchos casos puede llegar a suponer la despenalización de las agresiones.

No obstante, en lo referente a las amenazas y coacciones leves, ahora consideradas delitos leves, “en principio sí puede apreciarse un incremento en la punición, puesto que, aunque se aplique en su mayoría el límite inferior, éste ha aumentado”, señala el estudio.

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