Todo lo que necesitas saber sobre la jubilación anticipada voluntaria en médicos

El centro de estudios del Sindicato Médico de Granada, en línea con los recientes informes publicados sobre las jubilaciones, ha divulgado un documento referente a la jubiación anticipada voluntaria de estos profesionales

Médico en consulta (Foto. Freepik)
Médico en consulta (Foto. Freepik)
CS
26 julio 2022 | 09:10 h

El centro de estudios del Sindicato Médico de Granada ha elaborado en las últimas semanas varios informes sobre la jubilación de los médicos en el que recoge toda la información necesaria antes de jubilarse de forma ordinaria o demorada. Ahora, este sindicato ha publicado otro documento referente a la jubiación anticipada, "que supone un recorte sobre la pensión inicial reconocida por la que se ha cotizado de hasta el 21% y otro recorte adicional de hasta el 4% si finalmente la pensión queda por encima de la pensión máxima, si se adelanta dos años". 

Y es que la pandemia de Covid-19 ha supuesto un "deterioro" de las condiciones laborales, lo cual es posible que redunde en que más médicos querrán jubilarse de forma anticipada voluntariamente. "Será un problema para muchas especialidades, por lo que es prioritario mejorar las condiciones para que muchos médicos no se vean obligados a jubilarse anticipadamente". 

En este escenario, el centro de estudios del sindicato granadino explica que los funcionarios que cotizan a clases pasivas, entre los que se encuentran los médicos de APD y los médicos que trabajan como funcionarios para las distintas administraciones, se pueden jubilar con la edad de 60 años y con 30 años cotizados. El importe que perciben, puede ser el tope máximo de pensión con 33 años cotizados según el programa Simul@ de la web de clases pasivas.

"La profesión médica merecería, al igual que otras profesiones tener un factor corrector y la posibilidad de una jubilación voluntaria entre los 60 y 70 años al igual que los funcionarios y sin tanto recorte"

Pero además a partir del 17-03-2013, se establece esta nueva modalidad de jubilación anticipada por voluntad del trabajador a la que podrán acceder los trabajadores, incluidos en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social (aquí estamos encuadrados la mayoría de los médicos, los estatutarios y los laborales), que reúnan los siguientes requisitos principales:  tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida para la jubilación que resulte de aplicación en cada caso; acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años; y del período de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.

En esta línea, desde el sindicato insisten en que "la profesión médica por su complejidad, dedicación, responsabilidad, estrés, exigencias, penosidad, peligrosidad, horas adicionales a la jornada con las guardias… merecería, al igual que otras profesiones (mineros, bomberos, policía local…) tener un factor corrector y la posibilidad de una jubilación voluntaria entre los 60 y 70 años al igual que los funcionarios y sin tanto recorte". 

Para concluir, el portavoz del centro de estudios del Sindicato Médico de Granada, Vicente Matas, recuerda que el próximo 27 de septiembre presentará una ponencia llamada "Jubilación del médico: cómo, cuándo y cuánto" en el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Badajoz. 

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