Sanidad prevé que los primeros MIR en Medicina Legal y Forense salgan en 2025

Los próximos MIR de Medicina Legal y Forense, cuya primera convocatoria será la de 2020, rotarán dos años por las unidades docentes del SNS y otros dos por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Sede del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
Sede del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha puesto esta semana en audiencia pública el Proyecto de Real Decreto por el que se establece el acceso al título de médico especialista en Medicina Legal y Forense por el sistema de residencia. En el documento publicado, se muestra cómo se va a definir esta nueva especialidad.

La novedad es que la duración mínima del periodo formativo será de cuatro años pero sólo dos de ellos será en hospitales. En concreto, Sanidad especifica que dos años se producirán rotaciones en “unidades docentes acreditadas del Sistema Nacional de Salud y el resto en las unidades docentes acreditadas de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses dependientes del Ministerio de Justicia o de las comunidades autónomas con competencias transferidas”.

Según el Ministerio de Sanidad, el número de plazas de esta nueva especialidad podría oscilar entre un mínimo de 5 y un máximo de 10 al año

En el texto, se especifica también la previsión de Sanidad de que la primera convocatoria de MIR de la especialidad en Medicina Legal y Forense será la de 2020, que estos empezarán en mayo de 2021 y que hasta mayo de 2025 no saldrán los primeros especialistas MIR.

Por otra parte, el número de plazas de acuerdo con las previsiones podría oscilar entre un mínimo de 5 plazas/año y un máximo de 10 plazas/año. Estas se distribuirán entre el ámbito dependiente del Ministerio de Justicia y el resto de Comunidades Autónomas con competencias transferidas.

Finalmente, el texto que va a ser sometido a audiencia e información pública hasta el 11 de junio establecer que el programa formativo aún no está elaborado. Según indica, se actualizará por la Comisión Nacional de la especialidad en Medicina Legal y Forense, conforme a lo establecido en los artículos 21 y 28. 8 a) de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

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